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<>\\ OBSERVACIONES
SOBRE LAS CORTES DE ESPAÑA
Y S15 ORGANIZA99-1W-
13kBLICTEe4
ID EL
NDE DE loW,0
VALENCIA:
Y HERMANOS.
POR SOSEV ESTEVAN
1209.
,4DFERTENCL
uando la Junta de Obser-
vacion y Defensa de este Rey-
no se ocupaba en resolver la
qüestion qué la Suprema Cen-
tral ha sujetado á su examen,
á saber, de qué, modo , y en
qué número y clase se ha de
verificar la concurrencia de
los Diputados á las Cortes,
atendidas las circunstancias
del tiempo, recibió el presen
te escrito sin firma y sin nom-
bre de autor por mano de uno
de sus vocales.
•
El espíritu de patriotismo,
daderos patriotas, la comunica-
el amor á la independencia y
rán sus ideas, y no creeria lle-
á- la libertad nacional; los da-
nar sus deberes si no los ex-
tos que en él se encierran ,
citase á ello. Lejos de temer á
y sobre todo la luz que der-
las luces , y de mirar con sus-
rama y el camino que descu-
to y con rezelo á los filósofos
bre para conseguir el lauda-
y á los literatos , la Junta de
ble objeto que se propone el
Valencia los busca , se honra
Gobierno, han llenado las mi-
con su amistad; y al paso que
ras de la Junta, la qual deseo-
tomará sus conocimientos pa-
sa de facilitar la ilustracion del
ra proponer lo mas confor-
pueblo, de formar su opinion,
me al bien de la patria, anun-
y de darle parte en un asun-
ciará con placer sus nombres,
to que tanto le interesa , ha
para que unidos á los de los
acordado que se imprima.
ilustres guerreros , que con su
La,' unta espera que los sa-
sangre y sus fatigas sostienen
bios, y sobre todo que los ver-
la dignidad y los derechos de
la nacion, reciban de la pos-
teridad el tributo eterno de la
alabanza á. que son acreedo-
recieron las Cortes á itn-
res.= Valencia
psapa
2 3 de Setiem-
puisos del despotismo , y la enemiga
bre de 180 9 . = Pablo Rin-
extrangera, y el deseo de levantar el
trono impuro de la arbitrariedad , y
con , V ocal Secretario.
el miedo que los tiranos tienen al
noble orgullo de los que saben mo-
rir antes que ceder á la opresion , so-
focaron la voz de unas asambleas tan
respetables. La deferencia servil y el
envilecimiento sucedieron á la bizar-
ra fiereza con que en otros siglos el
Castellano mantuvo sus derechos , el
Aragonés puso coto á las pretensio-
nes excesivas de sus Monarcas , y el
Vizcaino y el Navarro mantuvieron
su libertad.
Todo desapareció al soplo devas-
tador del despotismo , y U política
atroz de los ministros persiguiendo
á los hombres sustos , y de carácter
8
9
inflexible , mirando con cerio las lu-
memorable ; v ya que la debilidad
ces, y obstruyendo los caminos para
Rodrigo fue origen de nuestro
de un
la ilustracion del pueblo , realzó su
bien estar en el siglo IX , séalo en
poder infausto , y nos sumió en el
el XIX la traycion mas horrible que
abismo de males que nos rodean.
han podido trazar los tiranos 'contra
Pero gracias á la Divina Provi-
sus pueblos.
dencia que vela sobre el imperio es-
Nuestros padres tuvieron que ha-
pañol, y que no puede sancionar los
cerlo todo nuevo , y nosotros con
decretos de la opresion: en el mo-
mayores luces, y con mas larga ex-
mento mismo en que se labraban las
periencia , conseguiremos destruir al
cadenas para ponerlas sobre nuestros
enemigo, y asegurar nuestro bien es-
cuellos, declaró la nacion su digni-
tar, y el de las generaciones futuras.
dad, juró venganza, y ofreció sacri-
Leamos con atencion y respeto
ficarse por sostener su independencia.
los códigos antiguos de España; sal-
Nuestros mayores, en circunstan-
gan del polvo del olvido los fueros
cias aun mas apuradas, en que solo
memorables de Aragon y de Valen-
quedaban á los buenos españoles los
cia , las costumbres laudables de Ca-
estrechos recintos de Covadonga y
taluña, y las leyes de la fiera Canta-
de Sobrarbe , echaron los cimientos
bria : consúltese nuestra historia , es-
á la feliz constitucion que nos ha go-
cuchemos la voz hermosa de la pa-
bernado por muchos siglos , y que
tria , y llenos del entusiasmo que las
ha consolidado en ellos nuestro po-
almas justas experimentan á vista de
der. Acordémonos de una época tan.
las lecciones de la política española
11 1
o
IT
Sigamos el Camino que ellas nos tra-
segun la fórmula establecida;
radores
zan , y avergonzados del desprecio,
pero la Junta conoce los defectos del
de la frialdad, ó indiferencia con que
cuerpo representativo de la nacion,
una corte corrompida nos hizo mi-
conoce los pliegues que . el despotis-
rar los baluartes de nuestra indepen-
mo ha causado en los ánimos , y la
dencia , lloremos nuestros errores; y
dificultad de hacerlos desaparecer ; y
jurando ser españoles, aprendamos á
quiere sin duda que aquellas cobren
serlo estableciendo las opiniones , y
entereza y energía , para que puedan
hasta los usos y las costumbres sobre
responder á los votos de todos, y ha-
el modelo de los antiguos españoles.
cer el bien de la patria.
La qüestion que la Junta Supre-
Para ello examinaremos prime-
ma sujeta á nuestro examen es la mas
ro la naturaleza de nuestras Cortes,
grande y de mayor interás que se
y segundo la constitucion de las que
puede ofrecer á los patriotas. Trátase
nos ofrece Bonaparte en su código,
5
de constituir la legal representacion
para deducir de todo el plan que con-.
de la nacion en sus Cortes , y de
vendrá adoptarse , para que saliendo
arreo-lar el modo, número y clase de
la nacion del abatido estado en que
los diputados que han de concurrir á
la han puesto el olvido de sus dere-
tan augusta -asamblea , atendidas las
chos y la autoridad ilimitada de sus
circunstancias del tiempo presente.
reyes, aparezca con todo el esplen-
Si las Cortes se hubieran de ce-
dor y grandeza que la son debidas.
lebrar baxo el método hasta aquí ob-
,--?1,10TscA
servado, bastaria llamar á los Procu-
(
I 2
13
los tiros sangrientos de la Corte,
PUNTO I.°
ti
te atraso el cariño de los buenos, el
respeto de tus coetáneos , y el reco-
Observaciones sobre la naturaleza
nocimiento de la posteridad!
de las Cortes de España.
§. I.°
A pesar del concepto que merecen
Nada mas comun en la Europa
á todos nuestras Cortes, manifestaré
desde la dominacion de los bárbaros
el mio sin miedo de causar escánda-
del Norte , que los Estados naciona-
lo. Nadie me aventaja en el respeto
les representantes del pueblo. La na-
que las tributo. Asambleas bien ó
tural independencia de los Godos, hi-
mal constituidas que representan al
j a del método de vida que llevaban
pueblo, son de una naturaleza muy
en su pais nativo , les hizo mirar á
sagrada para todo hombre no corrom-
los monarcas como á unos caudillos
pido , y han refrenado el poder so-
que los conduelan á los campos de
berano , hasta que la ambicion y la
la gloria , pero sometidos enteramen-
- debilidad las enervaron. ¡ Represen-
te á la voluntad de los que obede-
tante ilustre de Burgos , en las últi-
cian. De aquí resultó la precision en
mas celebradas en el- año de 1789,
los soberanos de contar con el voto
tu voz patriótica aterrando al despo-
del pueblo , á quien gobernaban , pa-
tismo fue el último suspiro de la ama-
ra el establecimiento de las leyes , y
da libertad , y si bien conjuró contra
para la decision de los graves nego-
14
I 5
dos del imperio. Los Concilios de
los siglos IX y X , nos lo manifies--
Toledo fueron los Estados generales
tan con evidencia.
de España baxo la dominacion goda,
El engrandecimiento sucesivo que
en los quales unido el rey con el
tomó la Monarquía por efecto de las
clero y el pueblo acordaban lo que
conquistas, varió la naturaleza del go-
todos creían conveniente al bien de
bierno y la constitucion de las asam-
la monarquía.
bleas , las 'quales desde que se dixe-
Estas asambleas tenían el poder
ron Cortes, perdieron el alto grado
legislativo, obraban con todo el vi-
de supremacía que habian tenido en
gor que da una verdadera represen-
otros tiempos. La nobleza y el ele--
tacion nacional , eran superiores al
ro orgullosos con los ricos despojos
monarca, procedian contra él, y cor-
y adquisiciones que les proporciona-
regiau sus excesos.
ban las armas , obscurecieron á los
Destruido el trono de los Godos
reyes : las órdenes militares , esta-
por la fatal irrupcion de los Árabes,
blecidas para mantener la guerra á
los valerosos Españoles , que en las
los Moros , ocuparon un lugar muy
distinguido en el estado ; y las ciu-
Asturias y en Sobrarbe concibieron
la heroica empresa de restablecerle;
dades, ó sea el pueblo, quedó con-
denado á sufrir privaciones y sacri-
acostumbrados á las formas antiguas
que recibieran de sus padres , conti-
ficios.
Los monarcas empeñados en real-
nuaron baxo el mismo sistema , y los
zar su poder, sacaron ventajas de es-
Concilios de Oviedo , de Jaca , de
ta Situacion. Dieron á las ciudades
Leon , y de Coyanza , celebrados en
16
lugar en las Cortes, y lisongeando el
á decir qué enviásedes caballeros ,
odio que tenian á los señores con
homes buenos, que viniesen á mí. Son
ligarlos á las decisiones de los tribu,
las palabras con que regularmente
nales reales , lograron con mafia la
empiezan las actas. A las Cortes pre-
superioridad sobre la nobleza ; poco
cedía una carta ó despacho real ex-
á poco sujetaron á las ciudades, li-
pedido de acuerdo con el Consejo,
mitaron su concurrencia vendiéndo-
en. el qual se prevenia á las ciuda-
sela como por privilegio; apartaron
des que nombrasen diputados para
de ellas á las órdenes militares , y
u-gtar los asuntos „ concernientes al
dexaron pendientes de su voluntad
„ pi -comunal, hombres buenos y en-
el llamamiento de los nobles y obis-
„ tendidos, para con consejo de ellos
pos , con lo qual reduxeron á cero el
„ y de los demás ordenar lo que en-
influxo de estos cuerpos nacionales.
„ tendiere el rey que cumple á su
„ servicio , honra y provecho del
§. 11.°
reyno” (I) : se les señalaba dia ; y
aunque el lugar de la reunion debía
De la convocatoria.
1 ser el de la residencia. del mollar-.
ca (2) , sin embargo se celebraban en
embarg
La reunion ó llamamiento de las
Castilla la Vieja
costumbre , y
Cortes ha pendido siempre de la vo-
Gil Gonzalez Historia de Enrique
luntad de los monarcas, como ge-
111. cap. 7. Cascal. Historia de Murcia
les de la nacion. In prasentia Re-
cap. 1 2.
gis ,et jussu ipsius Regis. -Vos envié
• 2 Cortes de Medina de 1318.
18
u-
las de 'Toledo- para j
por yacer en medio de las ciudades59
lid de 129 3 y
ncur rie-
co
, no
de voto, que eran solamente las pe..
á Dala Catalina,
or elfo
e
rar
ron las ciudades , sin que p
checas O ).
dexase de tener lugar un acto tan so-
y para el qual se requiere
§. in'
lernne ,
esencialmente la integridad de la re-
Del nilmer o . de vocales , su eles-
presentacion nacional.
En las Cortes tenidas en Castilla
cion y carácter.
XII y XIII en
en los. siglos XI ,
,
unas concurrieron solamente los obis
El sabio Xeldes se queja de naos-
os
pos , abades y grandes; en otras l
tro descuido en no haber averiguado
infantes , arzobispos, obispos, ricos-
111
con exactitud los diputados que las
atados
algunas
de lsg
pro-
honres y diipotro d
ciudades envi
enviaban á las Cortes; pe-
los
ro no es descuido , sino efecto de la
vincias; y en
as
mimos , y los
empleados principales de palacio, los
forma de estos cuerpos , los quales
caballeros y escuderos.
pendientes de los soberanos , se han
Igual diversidad se nota en las
compuesto de un número mayor ó
celebradas en el siglo XIV : á ellas
menor de individuos , segun lo ext.-
radores de las igle-
concurrieron proCu
gian las circunstancias, ó la indole de
a
los negocios. Esto llegó hasta el ex-
sias y monasterios : y unas veces hu-
ciudades
bo di ,tetados
tados de todas las ciudad
tremo cíe que juntas las de Vallado- ...;Y villas, y otras de algunos envia-
dos á llamar expresamente por el mo-
z Pisa Historia de Toledo, cap. 3 I, Iiii
20
narca , sin que la falta de los demás
/
detuviese las decisiones. Las actas de
de Castro-Xeriz 2 de Ma--.
na 2
las Cortes de Madrid de 1391 nos
de Dejar 4 de Villaroel : 2
drid : 2
conservan la nota de las ciudades
de San Facundo : 3 de Cuellar de
que acudian , y el número de los re_
Tarifa : z de Fuenterabía.
presentantes de cada una. En ellas es.
A las.Corte s de Toledo de 1407
tuvieron 116 diputados de 45 ciu-
asistieron las ciudades, prelados, gran-
dades ; á saber: 6 de Burgos :- 5
des, condes, escuderos , y el Con-
de
Toledo : 5 de LC011 : 3 de Sevilla:
sejo de Castilla : este no se en-.
3 de Córdoba :
cuentra en las de Segovia del mismo
2 de Murcia : 3 de
ja en : 4 de Zamora : 8 de Sala-
año, aunque sí en las de Zamora de
manca : 2 de Avila : 2 de Segovia:
1432 (1) , y en las de Madrid de
4 de Soria : 3 de Valladolid : 2 de
1 433 y 1435 , en las de Toledo de
Plasencia : 3 de Baza : 2 de Übeda:
1. 436 , y en las de Madrigal de 1438.
4 de Toro :
A las de Valladolid de 1 4'47 solo fue-
2 de Calahorra : 1 de
Oviedo :
+ ron llamadas ciertas ciudades ; mas á
2 de Xerez : 1 de Astorga:
de Ciudad-Rodrigo : 1 de Bada-
las generales reunidas en Toledo el
joz :
año de 1 480, asistieron los procura-
2 de Coria : 3 de la Coruña : 2
de Medina del Campo : 3 de Due-
dores de Burgos, Leon , Avila , Se-
ñas :
govia , Zamora , Toro , Salamanca,
2 de Carmona : 2 de Ecija: 2
Murcia , Cuenca , Toledo ,
de Vitoria : 1 de Logroño : 2 de Tru-
Córdoba, Madrid y Guadalaxara,
xillo :
que
2 de Cáceres : 2 de Huete : 2
de Alcaráz : 2 de Cadiz:- 3 de Arjo-
x Crónica de los reyes católicos.
22
23
sol Las ciudades que segun Pulgár
en ellas , sin mas limitacion que la
acostumbraban á-asistir siempre (i).
merino y de las calidades necesa-
del
En el ario de 15 3 8 se dexó de
rias para d2semperia r sus funciones. A
llamar á las Cortos al brazo eclesiás.
pesar de esto , los reyes se entreme-
tico á pretexto de evitar confusion:
tieron tanto en su eleccion , corno
las órdenes militares desaparecieron
que en las Cortes de Burgos y de
de ellas , por haberse reunido en el
Palencia de 143o y 1431 se pidió
soberano los Maestrazgos , y se em-
al rey D. Juan , y este lo concedió,
pezó á mirar como privilegio parti-
„ que no mandase nombrar otros pro-
cular de las ciudades la concurrencia
curadores, salvo los que las ciuda-
á las asambleas nacionales , de donde
„ des ó villas entendiesen que cum-
vino á reducirse el número de voca-
„ plen á su servicio , e bien publico
les á 64 votos , que representan á 32
„ de las dichas ciudades.”
Este acuerdo tan justo no tuvo
ciudades, y á aquellos prelados, gran-
des y títulos que por gracia espacial
efecto , pues en las Cortes de Valla-
son llamados, que es el estado del dia.
dolid de 1 44 2 se volvió á reclamar
el cumplimiento con la energía que
Pues que los procuradores de Coi.-
aparece de su peticion , que dice así.
tes representaban á las ciudades cu-
„ Otrosí : muy esclarecido ey y e-
yo nombre llevaban , es indudable
R
o ey S
„ ñor , por quanto la experiencia ha
que su nombramiento debia ser libre
„ Mostrado los grandes dannos é in-
„ convenientes que vienen en las ciu-
Colmenar Historia de Segovia, cap.
„ dades 6 villas que vuestra sennoría
40. §. 2.
2 4
25
„ envia llamar procuradores sobre la
que así se guardase.
y nland6
eleccion de ellos , lo qual viene de
En las Cortes de Córdoba , ce-
55
„ que vuestra sennoría se entremete
lebradas en el año de 455 , se re-
rogare mandar que envíen perso,
pitió la misma queja y la misma re-
55
„ nas sennaladas ; é asimesmo la sen_
, ofreciendo el rey no en-
solucio n
puta-
„ nora Reyna vuestra muger , -é el
trometerse en la cleccion de di
specia l
„ Príncipe vuestro fijo, é otros sen_
dos , „salvo en algun caso e
„ nores , suplicamos á vuestra senno-
que él entendiese ser cumplidero á.
ría que no se quiera entremeter á
" , con cuya excepcion
I>
„ sii servicio
„ los tales ruegos é mandamientos, é
se dexaba abierta la •puerta para el
•
„ mandar que si algunos llevaren las
abuso , como se ve en el llamamien-
„ tales cartas, que por el mismo fecho
to de Cortes del ario de 1 4 5 7 , que
„ pierdan los oficios que tovieren en
hablando con Sevilla en la convoca-
„ las dichas ciudades é villas , é sean
toria le pide el mismo rey para pro-
„ privados para siempre de ser pro -
curadores á Gonzalo Saavedra y Á1-
„ curadores porque las dichas ciuda-
varo Gonzalez, que por ser de su ebn.
„ des envíen libremente sus procu-
fianza , era su voluntad fuesen pro-
,5 radores ; é si caso fuera que algunos..
curadores (1).
„ procuradores vengan en discordia,
La alta , -consideracion debida á
l
á quienes representaban
„ que el conocimiento de ello sea des:,
osepue blos
„ los procuradores , é non de vues-4
„ tra sennoría, nin de otra justicia.” A
Zúíliga Anal de Sevilla, tosa. 3.
esto respondió S. M. que decian bien,
pag. 15.
,6
2 7
las Cortes, se comunicaba á sus dipu-
cubierto de todo insulto querella y
tados, cuyo carácter se miró con el
procedimiento judicial (r).
respeto
mayor resp
, hasta que el despo_
Pero esta santidad y carácter sa-
tismo encontró medios de destruirle.
deprimidos en las Cor-
De aquí nació la atencion de los re-
grado
de fueron de ri
tes Santiago , cando el flamenco
yes en mandarles dar buenos aposen,
, mas aficionado al dinero que
tamientos en barrios apartados guan-
)Cebres
á la nacion , maltrató á los diputa-
do viniesen á Cortes (i) : el señala-
dos, y gritó con el furor que inspira
miento de ayuda de costa pagada por
¿que liviandad es esta?
a
la tiranía ,
las ciudades (2):
l
la prohibicion de re.
¿piles que piensa Toledo que puede
cibir dádivas , recabdos , aineros,
(2) , y en las
quitar y poner reyes?
pita nzercedes del rey nin de otra per-
523 , guando al ver Burgos lle-
de 1
sona , salvo el salario para su rnan-
ros las Cortes pidió
de extrange
nas
teniiniento , que no podia exceder de
su exclusion aunque sin fruto. Zu-
14o maravedís diarios (3) , y de aquí
mel procurador de esta ciudad sufrió
la santidad de los procuradores , la.
con teson que le maltratasen , y que
qual les ponia durante las Cortes á
le amenazasen de muerte ; pero la
falta de union y energía en sus com-
Declaracion de Medina de 1465.
pañeros animó la osadía del gobierno,
22.
y concluxo tan respetables asambleas,
a Peticiones de los hijosdalgos á las.
Cortes de Valladolid de 1 3,5 1. §. 8.
3 Declaracion de Medina en, 1465.
Cortes de Valladolid r 3 51. §. 26.
§. 23.
Argensola , cap. 98.
1111111111.11.111."-
28
29
o
al pie de nulidad en que las vemos,
Aunque todos los procuradores
§.•
(9
.0.
.,,P$24N
eran iguales en la autoridad y en las
facultades , como procedentes de los
De la autor idad y facultades de-farr
pueblos que entre sí deben ser igua.,
Cortes.
les , sin embargo los monarcas atri.
huyeron -á. Toledo cierta superioridad
Las Juntas nacionales en tiempo
sobre las demás ciudades , reducida
de los Godos tuvieron poder legisla-
á hablar primero , cuya gracia se fun-
tivo , y el soberano executor de sus
daba en ser cabeza de España ,
decisiones les daba cumplimiento, sin
blacion de caballeros , y no tener mas
que en él residiesen facultades para
pendon que el que los reyes le die-
detenerle. Desde el siglo XI variaron
ran (i). ,Se resistió altamente Bur_
enteramente de forma, y la aceion de
los diputados de las ciud2des se re-
gos, y como cabeza de Castilla recia.
duxo á pedir por merced, á aconse-
mó la primacía y en este altercado,
ar á los soberanos , y solo en el es-
capaz de producir graves males , se
j
tablecimiento de tributos conservaron
resolvió en las Cortes de Toledo que
se estuviese á lo que S. M. man-
su poder.
En la convocatoria para las Cor-
dase , estableciéndose la fórmula de
tes de Madrid de'
„
bea a
decir el rey : fiable .Bargos , que To-
Murcia , se le dixo que enviase dos
'edo hará lo que yo mrndare.
hombres buenos con proc" uracion bas-
tante , para con consejo de ellos , y de
Cédula de 9 Noviembre de 1351.
30
los que se ayunten , ordenar lo que
se quejaron los procuradores de los
cumple al servicio (I) ; y en las actas
excesivos gastos da erario , y del des--
de Cortes se encuentra repetida la ex-
man que habia en hacer donaciones y
presion , de que se acuerda con con-
mercedes , y el rey accedió á sus ins-
sejo de las ciudades, procuradores y
tancias , porque consultado su Con-
demás.
sejo , le respondió que pedian bien
Efecto de este sistema , y de la
(i) , y las demandas justas sobre el
falta del poder legislativo , es la fór-.
mismo asunto hechas en las Cortes
mula usada desde el siglo XIII , de
de Palenzuela de 1 4 25 se despacha-
pedir al rey por merced lo que se
ron á Medias por el dictámen del Con-
creía conveniente al bien general, el
sejo , á quien se quiso oir antes (2).
exámen que este hacia de sus peticio.
En las Cortes de Madrid de 1329 se
ríes, á las quales accedia ó no, y la
negó el rey á conceder á las ciudades
práctica en los soberanos de estable-
que los castillos se pusieran en poder
cer por sí las leyes , y de darles la
de los caballeros , y que las escriba-
misma fuerza que si hubieran sido he•
nías se diesen á los hijos del pueblo.
chas en Cortes. Abuso que empezó
Las ciudades pidieron en las Cor-
en el año de 1422 , segun se echa de
tes de Medina de 1328 , que los Ju-
ver por la pcticion 1.8 de las Cortes
díos no obtuviesen empleos ni privan-
de Burgos . de 1452.
zas en la casa real , ni fuesen recauda-
En las de Guadalaxara de 1388
1: Crónica de D. Jan I. cap. 4.
Casen, Historia de Murcia, cap.I 2n
2 Crónica de D. Juan II. cap. 4.
n
2,
3
dores de rentas , y la respuesta dada
33
propuesta de las Cortes de Va-
por el rey descubre sobradamente la
olalipdrop
deuI442 sobre que las dis-
debilidad del cuerpo nacional. A esto
rIald
cordias que se suscitasen sobre el nom-
respondo , quanto en lo de Judíos y
bramiento de . procuradores quedase á
Moros , que non sean cogedores en la
la decision de ellos , se resolvió , que
mi tierra , esto que lo otorgo; mas
el conocimiento hubiese de ser del rey
quanto en las otras co,ras , respondo,
para lo ver 6 determinar.
que me lo tomo en mí , para librar co-
El establecimiento, ó declaracion
mo toviese por bien , é la mi merced
de las leyes generales , aunque se hi-
fuese é entendiese , que será mas mio
zo algunas veces en Cortes, mas era
servicio. A las quejas dadas sobre que
para darles publicidad , que porque
la eleccion de los diputados fuese li-
pendiesen del voto de ellas , siendo el
bre en los pueblos , y no interviniese
soberano el único que las extendia y
en ella el monarca , respondió este en
sancionaba , como se echa de ver en
las Cortes de Palencia de 1431 , y de
las leyes dadas en las Cortes de Valla-,
Zamora de 1432 , que se guardase
dolid de 1455. „NOS fecimos alc111-
lo que sus antecesores habian obser-
b
nas leyes , dice D. Juan II , é pa-
vado. Las peticiones hechas á Car-
„ rando mientes , en como sean habi-
los V en las de Dvionzon de 1528 se
„ das por leyes, é sean tenidos de las
quedaron indecisas , por haber res-
„ guardar en todos nuestros reynos,
pondido este , que las liana ver al
„ así en la nuestra corte , como en
Consejo , y proveeria sobre ellas (1);
„ cada una de las ciudades , é villas, é
„ logares , mandamos ordenar é •or-
Dormer Anales de Aragon,cap.
c
34
35
„ donamos estas leyes que se siguen" ,
los tratados ; y antes de declararla .1Ia-
siendo notable que se publican sin
rnó á Cortes , para tomar consejo so-
previo acuerdo ni dictamen de las
breel modo con que debiera condu-
Cortes.
cirse (1); y D. Juan el II cxecutó lo
Los reyes consultaban con las
mismo por los años de 1429 y 1431
Cortes los rompimientos de guerra,
con el propio motivo (2).
11
las treguas y las paces , dándoles co-
Esta precision en los reyes de co-
nocimiento exácto de los motivos. El
municar á las Cortes los interesantes
rey D. Juan en las Cortes de Sevilla
negocios de la paz y la guerra , nada
de 1381 declaró la iniquidad de las
de la necesidad de recursos y arbitrios
pretensiones del Duque de Lancas-
para llevarlos á cima : los quales no
rol
tre , los derechos irrecusables que te-
podian establecerse sin consentimien-
nia al trono español , y las justas cau-
to de las ciudades , á cuyo cargo es-
sas para defenderlo con las armas. El
taba la imposicion y cobranza de los
rey D. Enrique en 1 3 88 llamó las
tributos. La nacion entonces tenia
Cortes á Guadalaxara para darles ra-
establecidas ciertas rentas ordinarias,
zon de las treguas asentadas con el
que siendo suficientes para los gastos
maestre Dabis , y sus ventajas (I).
ordinarios de la corona, no podian
D. Enrique IV en el año 1. 4o6 deter-
responder á los extraordinarios • que
minó hacer guerra al Moro de Grana-
z Gil Gonzalez Historia de Enrique
da, por la poca fe con que guardaba
IP. cap. 83.
2 Crónica de D. Juan II. cap. 3.
g Crónica de D. Juan 1. cap. 3.
ry 28.
36
37
exigian las expediciones militares. Pa-
y solicitó dinero de las Cortes para
ra llenarlos los procuradores conce-
mantenerse , á lo qual contestaron
dían servicios , ó scan contribuciones
los vocales : „que ellos é sus hacien-
nuevas , las distribuían en los pue-
das estaban para servirle , empero
blos , las cogian , y entregaban en
„ que fuese su voluntad templar es-
las arcas reales.
„ tas despensas , porque el reyno es
D. Fernando IV pidió á las Cor-
muy menguado de gentes , para
55
tes de Madrid de 1309 socorros pa-
„poder cumplir tales quantías , y le
ra la guerra de Granada , y estas le
„otorgaron 9,000,000 de rnarave-
otorgaron cinco servicios (i). D. Al-
95 dises.”
fonso XI en 1 3 11 llamó Cortes á
Las Cortes celebradas en Burgos
Madrid con el mismo objeto , y le
el año de 1366 decretaron la alca-
contestaron : „ que les placia otor-
bala decena ; que montó aquel año
garle los servicios que les pedia" (2).
1 9,000,000 de maravedises (1) : re-
En 1342 concedieron las ciudades al
sistiéronse á dar al rey D. Juan II
rey D. Alfonso XI la alcabala mien-
las sumas que pidió en 1 3 88 , movi-
tras durase la guerra contra los Mo-
das de los gastos excesivos que se
ros de Algeciras (3). D. Enrique en
hacían , de las donaciones reales que
1393 declaró su mayoría de edad,
disipaban los fondos ; solicitaron re-
formas , examinaron los libros de car-
1 Quintana Grandezas de Madrid,
cap. 7.
go y data de tesorería , y dexaron
2 Idem cap. 7.
3 Crónica de D. Alfonso XL cap. 266.,
Crónica de D. Pedro, cap. 19.
38
sin resolver las demandas que se' les
tributos , que impondría sin citar á
hacian Las Cortes tenidas el ario
Cortes (I). Iguales escenas se repi-
de 1 393 concedieron á D. Enrique
tieron en las Cortes de Guadalaxara
III el subsidio de seis monedas , y
de 1408 y Valladolid de 1411.
una alcabala valuadas en 21,000,000
Llamado el reyno á Palenzuela,
de maravedís ; ariadi jndole que no
para buscar arbitrios con que soste-
pidiese mas ni echase contribucion
ner la guerra , se convino en acudir
alguna, sin consejo del reyno y Ill-
con 3 8,000,000 que se habian de de-
xnainiento de Cortes (2).
positar en poder de dos personas,
•
D. Juan el II sufrió vivas con:-
una de aquende , y otra de allende
tradicciones en las de Toledo , so-
de los puertos , sin que se pudiesen
bre el apronto de 100,200,000 ma .L
gastar en otro objeto, y siempre pre-
-ravedís que reclamaba para atender
cedida la licencia del rey, lo que ju-
á los gastos de la guerra de Grana-
ró este guardar. En 1426 reclama-.
da. Los procuradores y diputados dis-
rón las Cortes los excesivos gastos
putaron mucho sobre el número de
del erario , y solicitaron reformas.
soldados de que habla de constar el
Quiso el • rey echar mano de los
exercitb: el rey rebasó á 45,000,000
38,000,00ó para satisfacer la deuda
la suma, y los acordaron, dexándole
qte reconocia al infante D. Enri-
facultad para suplir lo que faltase con
que y á Doña Catalina ; y ..unque
lo resistió el reyno contra e1.7(3td11-.
Crónica, de D.Juan L . cap, 4.
Crónica de D..juanIi . cap. so
Crónica de D. Enrique HL cap. ne
40
41
jo, que era de parecer de que el rey
rechos de cientos millones, y demás
los podía tomar, al cabo vinieron en
que compone n las rentas provincia-
ello (t).
les , se ratificaron cada seis años por
En las Cortes de Toledo se con-
las Cortes : que estas han pactado del
cedieron á Carlos V cinco servicios:
soberano el cumplimiento de ciertos
en las de Santiago recibió desayres :
privilegios , comprados con dichos
en las de la Coruña con protestas
tributos; y que aun subsiste esta for-
de muchas ciudades, logró que se le
ma , á pesar de la arbitrariedad en
acudiese para el viage que iba á ha-
que hemos vivido, y del ningun ca-
cer á Flandes , cuya concesion traxo
so , que en la práctica se ha hecho
las guerras intestinas de las comunida-
por el ministerio , de lo que tan so-
des, á las quales siguieron las derro-
lemnemente han ofrecido los mo-
tas , las cadenas pesadas que se echa-
narcas.
ron sobre el pueblo, y la ruina de la
A. tal punto ha llegado la auto-
representacion nacional (2) ; sin em-
ridad de las Cortes , á pesar de las
11 o
bargo , guando las nuevas necesida-
decisiones reales que sancionan sus
des del siglo XVII hicieron preci-
acuerdos , en los quales se descu-
sos nuevos sacrificios , se acudió á las
bre su poca firmeza. En las de Pa-
Cortes , y aunque reducidas á una
lencia de 142 5 , pidieron por mer-
fórmula , es bien sabido que los de-
ced los procuradores que se guarda-
n -
sen las peticiones acordadas , sin que
Crónica de D. Juan II. cap. 4,
se pudiese apremiar á las ciudades
z Historia de Carlos F. lib. 2.
al cumplimiento de las cartas que
43
en contrario acostumbraban á expe-
y perdonar deudas reales (1).
dir los reyes, y á ello accedió el Se-
Al rey D. Juan el II se le de-
fior D. Juan el II , y lo ratificó en
claró de mayor edad en las Cortes
las de Burgos de 1 43 o, instado nue-
de Valladolid de 1 4 19 , y los dipu-
vamente sobre el caso, consiguiente á
tados le dixeron que le entregaban el
las de Valladolid de 1419 , que de-
reyno; le pidieron que le gobernase
cretaron no se obedeciesen las órde-
bien en justicia é igualdad , y que le
nes reales contrarias á los acuerdos
acrecentase (2).
de ellas.
Finalmente las Cortes arreglaban
§. V.°
el gobierno del reyno en la menor
edad de los reyes, y á su tiempo les
Lo dicho hasta aquí manifiesta lo
declaraban la mayoría, y les entre-
que eran las Cortes, su forma y cons-
gaban el mando. Por haber quedado
titucion, y sus facultades. De todo se
de edad infantil el sefior D. Enrique
deducen varias reflexiones para cono-
III se juntaron los Reynos en Ma-
cer á fondo su influencia en el bien
drid, y resolvieron crear un consejo
y el mal de la nacion , para descnga-
de regencia , compuesto de grandes,
lar á los que juran sobre la antigüe-
maestres y diputados de las ciudades,
dad sin exámen ni reflexion , y pa-
el qual no podia subir los sueldos, dar
ra provocar la reforma y la buena or-
oficios , quitar empleos ni tierras , si-
no cn los casos de la lcy , dar car-
x Crónica de Enrique HL cap. r<
tas para matrimonios, echar tributos,
2 Crónica de D. Juan II. cap. 2.
44
45
ganizacion de un cuerpo tan respeta-
Cortes , corno que representan á la
ble , que deberá cimentar un dia la
Nacían , deben de constar de un nú-
prosperidad de la naoion , su inde-
mero de votos correspondiente á la
pendencia , y su poder.
masa total. -N;.". diez ó doce capitales
por ventura bastan para representar á
a
s s ,coo,000 de individuos ? y estos di-
El hecho de pender absoluta-
putados elegidos de entre los regi-
mente de la voluntad del monarca
dores de las ciudades y villas , cabe-
la convocatoria de las Cortes, de no
zas, sin noticia ni conocimiento de los
tener lugar fixo ni ¿poca señalada pa-
que han de ser representados, acaso
ra la reunion , las dexa á la merced
componen una verdadera representa-
del monarca , que puede diferirlas , ú
cion nacional? En el arao de 16ocs.
omitirlas segun su capricho; y la prác-
Salamanca votaba á nombre suyo, de
tica abusiva de sancionar leyes , con
Plasencia , Cosía,- Cáceres , Badajoz,
la expresion de tener igual fuerza que
Ciudad-Rodrigo , Truxillo y
si hubieran sido hechas en Cortes, ha
da , que se componian de 5oo villas
abierto una puerta franca á la arbi-
y 14w aldeas segun Gil Gonza-
trariedad.
lez (i). j Monstruosa representacion
2. a
para un solo pueblo, á cuya supre-
macía se sacrilicarian ,mil _ veces los
que diremos del número de
intereses sagrados de los demás!
los vocales, ya mayor, ya menor, se-
gun le venia en mientes al Rey? Las
Historia de Salamanca , cap. S,
47
a
promover sus derechos y para resistir
3.
las pretensio nes de los monarcas, san-
Otro inconveniente no menos cho-
tidad sancionada por estos , ha llega-
cante se advierte en la libertad que
do á desaparecer al impulso de los
vernos tuvieron los reyes para levan-
golpes del despotismo; y sucediendo
tar actos solemnísimos sin contar con
el miedo al valor , y la indiferencia á
las ciudades, en disminuir el número
la firmeza , el silencio y el abatimien-
de brazos , en hacer pendientes de su
to ocuparon el lugar del noble or-
arbitrio los grandes, nobles y emplea-
gullo con que en otras épocas habla-
dos que debian acudir , en mezclarse
ba el cuerpo nacional á sus reyes. El
en la eleccion de los procuradores, y
atropellamiento cometido con la per-
en decidir los pleytos que se suelen
sona de Zumel , diputado de Burgos
suscitar sobre los nombramientos de
en las Cortes de Valladolid ; la alta-
estos. Por este camino los monarcas
nería de Xebres en las de Santiago
disponen de las Cortes, y sin mas que
con los de Toledo, y las intrigas de
promover disputas en las ciudades,
.los ministros para seducirlos, que po-
quedan en franqueza para acomodar-
demos decir empezaron en tiempo de
las á sns proyectos , en los quales no
Carlos V , acabaron con los respetos
pueden hallar embarazo , desde el
de una clase tan sagrada, enervaron
momento en que se atropelló la san-
su vigor, y derribaron las barreras sa-
tidad de las personas de los diputa
biamente establecidas contra . 1 des-
dos. Esta santidad debida á quien re-
potismo.
teiy
presenta al pueblo , necesaria para
o
o
48
49
y recibidas por ellos con des-
4•a
dores,
precio de la ley , veremos el plan
La ley del secreto que se irn,
pone á los procuradores de las Col:.
que ha trazado con destreza la arbi-
trariedad , para arrogarse un mando
tes juramentándolos para que no re,
ve la constitucion resiste.
velen lo que en ellas ocurre , es un
artificio maquiabélico , inventado por
5.a
la política alemana (x), que ataca los
La falta de poder y autoridad de
principios de la constitucion y la
las Cortes , y la debilidad de sus vo-
naturaleza misma del encargo , que
tos y sanciones , se deduce con evi-
aquellos desempeñan. Los diputados
dencia de pedir por gracia lo. que de-
son unos representantes de las pro-
bieran mandar, y exigir como justi-
vincias , cuyo objeto debe de ser
cia, el modo con que los reyes des-
el promover el bien estar de ellas.
pachaban sus ,instancias, qual pudie-
Que cosa mas injusta, ni que pueda
ran. : Inacer19;con un simple particular,
producir mas graves inconvenientes,
negándolas , concediéndolas , é de-
que el sellarles la boca , para que el
xándolas sin respuesta, segun les pa-
comitente jamás pueda entender si
recia , segun se lo dictaba su pasion,
su intencion se ha llenado , ó no!
ó el influxo de los cortesanos que los
y si á esto se agregan las dádivas y
rodeaban.
mercedes dispensadas á los procura -
Sin facultad legislativa , sin fuer-
za para exigir lo que convenia al pro-
x Zurita Anales, tont. 6. cap. 3.
comunal de la tierra , se reducian las
T'a
50
5
asambleas nacionales á un cuerpo res.
da la energía y viveza que ellas exi-
petable de deseos , que proponia lo
gían , quedaro n sin execucion despues
que sus conocimientos y patriotismo
de resueltas? La exclusion de los ex-
le sugeria en bien de la patria , pe-
tranaeros de las prebendas eclesiásti-
ro sin que sus votos formasen reso-
cas, ha sido un punto infinitas veces
lucion , la qual siempre quedaba al
solicitado, infinitas acordado, y siem-
arbitrio del monarca que las presi-
pre inobservado : la prohibicion de
dia ; y aunque en el establecimiento
enagenar los bienes de la corona , se
de tributos y arbitrios extraordina-
sancionó en las Cortes , y se puede
rios parece que exercia las mas al-
asegurar que los monarcas se des-
tas facultades , su infiuxo siempre se
entendieron de ella hasta el extre-
neutralizaba contra la voluntad de
mo que nosotros mismos hemos to-
los reyes. Quantas veces estos les pi-
cado. En muchas actas de las Cor-
dieron socorros , otras tantas los con-
tes hallamos prohibida la amortiza-
siguieron ; y aunque alguna vez se
clon eclesiástica , y los cuerpos in-
llegó á empellar la discusion , y se
mortales de Castilla con sus pingües
ofreció á la consideracion del sobe-
rentas y posesiones, nos manifiestan
. rano la imposibilidad de llevar nue-
con evidencia la debilidad de esta me-
vas cargas
5
as al cabo cedieron los di-
b
dida económica y política , y la fa-
putados , y aquel logró sus intentos.
cilidad con que se prescindia de los
Por otra parte , quantas peticio.
acuerdos del cuerpo nacional.
11
nes justas é interesantes al estado,
La acuñacion de moneda llamó
presentadas por las Cortes con to-
la atencion de este por la influencia
52
53
inmediata que tiene sobre la prosp2-
ridad del comercio. Sus quejas con-
PUNT
tra la de baza ley han sido tantas,
como lo fue en los monarcas el re-
Erámen de las Corté
petirla sin consideracion al público.
segun
m
constitución fora
Baste lo referido para colivenCer-
J osé Napoleón en Barna á 6
nos de los Vicios esenciales de las Cor-
b
tes , del apocamiento de la repre-
de Julio de '8°8.
sentacion nacional. , y de la necesi-
dad de continuarlas bazo el pie de
Conocida la naturaleza de nuestras
respeto y autoridad .correspondien-
antiguas Cortes , y los vicios que el
te á su importancia , y á los dere-
tiempo y el despotismo introduxeron
chos que tiene 'la gran familia , cu-
eh ellas, veamos el plan que Bona-
yos intereses deben ser respetados y
parte ha trazado para su reforma. Re-
atendidos por los reyes , que no .: mi-
sultado de las luces francesas es tanto
rando en este atributo -un título de
mas interesante el analizarle , guamo
opresion , quieran llenar sus deberes,
se nos anuncia como el dechado de la
asegurando el amor de sus vasallos,
política, y el medio de cortar los abu-
y el respeto de la posteridad.
sos, y de establecer sólidamente nues-
tra felicidad, y la de nuestros hijos.
La representacion nacional segun
este reglamento debe constar de tres
brazos , á saber : noble , clero y pue-
54
55
blo , compuestos todos de 172 indi-
putados será 33 , que unidos á los 30
viduos ( art. ói fol. lo ). En el ar-
de las ciudades principales , á 22 de
tículo 62 se - distribuye el del clero
América , y á los negociantes y lite-
en 25 individuos: el de la nobleza en
ratos, hacen un total de 165 , inferior
otros 25 : el del pueblo en 62 dipu-
en 43 al que la ley señala para el es-
tados de las provincias de España é
tamento del pueblo , y en 7 al que
Indias: en 3 0 ciudades principales de
se fixa para toda la asamblea.
España é iSlas: en 15 comerciantes y
Esto descubre la precipitacion con
1 5 literatos : suma de los vocales del
que se ha formado el reglamento de
pueblo 122 , y 1 7 2 la de los tres
Bayona , que no dexó á los compila-
brazos.
dores tiempo bastante para cuidar de
Esta cuenta se ajusta mal con la
que las partes aliquotas conviniesen
que se hace en el artículo 6 7 del mis-
con la suma; no menos que la. violen-
mo título y 92 del siguiente. En ellos
cia con que se habrá obligado á los
se dice , que la eleccion de los dipu-
vocales á firmar unos errores tan gro-
tados de las provincias de España é
seros de cálculo. Pero la filosofía en-
Indias se ha de hacer á razon de uno
cuentra graves reparos en la forma
por cada 300,000 habitantes, y que
con que se establece la representacion
los de América han de ser 22 elegi-
nacional , anulando nuestros antiguos
dos por los ayuntamientos que los
usos, y si se quiere, dando por el pie
vireyes señalaren. Segun esta regla,
á los errores envejecidos de nuestra
dando solos z o millones de indivi-
legislacion.
duos á España , el numero de sus di-
En 1 7 2 individuos entran el de-
56
5 7
ro y la nobleza con 5 o votos, qué
será su representacion como uno
ro ,
es lo mismo que dar á estas dos clases
á 7 , debiendo ser la de los primeros
casi una tercera parte de la represen-
• como de uno á 26 , y la de los ecle-
tacion. Hasta aquí su asistencia á las
siásticos como uno á 12 3 : es decir,
Cortes pendia de la voluntad del rey,
que para cada 26 vocales del pue-
que aumentaba ó disminuía el núme-
blo correspondia uno de los nobles,
ro de ambos brazos , es decir, que el
y para 123 del mismo uno del cle-
noble y el sacerdote no sabian la
ro : mas claro : en vez de 25 votos
fuerza con que debian contar : mas
cada uno, deberia tener tres y medio
lionaparte les concede un derecho
el brazo noble , y uno el eclesiástico.
para representar casi la tercera parte
•En. la concurrencia de las ciuda-
de España é Indias. Regla nada con-
des hay una desproporcion monstruo-
forme á la naturaleza de la masa prin-
sa. La conSritucion Josefina para 92
cipal.
votos del pueblo da 3o á las ciudades,
Segun el censo de la poblacion
como si su número con respecto á
de España del año de 1797, los no-
este estuviera en razon de 3 á 9,
bles son á la poblacion total como.
como si para 9 pueblos hubiera 3
uno á 27, 27, ó para zoo nobles hay
ciudades. El censo referido nos da la
2727 habitantes , y el estado ecle-
proporcion entre ambos como de
siástico es á la poblacion total como
uno á 164, z z , ó para. cada :roo
uno á z 2 3 , 26 , ó para zoo eclesiásti-
ciudades 16411 pueblos , mas bien
cos hay 12326 habitantes. Si señala-
para cada ciudad 164 pueblos ; lue-
rnos 25 votos á la nobleza y al ele-
•o para estar bien constituida la re-
11
8
5
5 9
presentacion nacional , apenas corres-
á los d os , es lo mismo que con-
tos
ponderá un representante á las ciu-
cederles casi la quinta parte de la re-
dades.
presentacion nacional, igualarlos á las
Deben de entrar en las Cortes 30
ciudades, y poner su fuerza respecto
comerciantes y literatos , como si es-
al pueblo en razon de 3 á El nú-
tas dos clases fueran distintas del pue-
mero de literatos segun el censo es
blo , ó como si guando se le ha de
de 28226, y de 2 5 685 el de comer,
representar pudiese haber distincion
ciantes : es decir , que están con res-
entre ciudadanos , negociantes y sa-
pecto á la total poblacion en razon
bios. Ni el tráfico , ni las riquezas, ni
de 2 á 1026 , de 2 á 38 con respec-
los estudios dan derecho para con-
to á los labradores , y de 2 á 27 á
currir á las asambleas nacionales , si-
los artesanos, proporciones muy dis-
no el ser individuos de la sociedad.
tantes de las que representarian en las
Y ya que se trata de elegir entre las
Cortes, siguiendo la regla sehalada por
clases del estado , ¿ por que acordar-
Bonaparte.
se de los literatos y comerciantes , y
olvidarse de los labradores y artesa-
§. I.°
nos ? ¿ son dignos de menor conside-
¿Y quien ha de elegir los voca-
racion ? ¿ no tienen influxo en el bien
les? El nombramiento del brazo cele
de la patria , ó contribuyen menos
siástico y noble es del rey, pues que
para sostenerla ?
han de recibir la investidura de la
El nUmero de los sabios y de co-
cédula sellada con el gran sello del
merciantes es excesivo. Dar 3 o vo-
estado : al mismo se le da el nom-
6o
61
tiramiento de los literatos y comer-
ciantes, y á los vireyes de América el
§. II.°
indicar los ayuntamientos que hayan
IV que razon hay para señalar á
de hacer el de sus diputados , y su
las vastísimas regiones de Indias so-
aprobacion. Luego tendremos que de
los 62 vocales: para confundirlas en
los 1 7 2 vocales de las Cortes , con-
las Cortes con los de Espafia , para
currian siempre 1 ro nombrados di-
dar á la metrópoli el derecho de con-
recta ó indirectamente por el monar-
currir con ir o votos , para conceder
ca , que es lo mismo que contar este
á los pueblos de ella el derecho de
con la deferencia ó los votos de mas
nombrar los suyos , y dexar pendien-
de las dos terceras partes de la asam-
te de la voluntad de los vireyes el
blea. La eonsideracion de grandes de
sefialar los lugares que hayan de con-
Cortes Te se añade á los nobles, de-
currir á las elecciones ? Se teme el
xa un campo abierto á la ambicion y
influxo de aquellos vasallos , y se cree
á la intriga, enemigas del bien y pros-
neutralizar su accion por este medio
peridad del estado : y el hecho de no
por que hacer diferencias entre co-
deber los nobles esta condecoracion
sas tan iguales ? El mismo derecho
al pueblo los une al partido del rey,
tiene el americano que el espa1ol
y los hará sus satélites , quantas veces
ra asistir á.las Cortes, uno y otro em-
sus intereses se encuentren en contra-
plean sus fuerzas físicas y morales etx
diccion con los del soberano.
defensa de la patria , ambos contri-
buyen para sostener las cargas y de-
ben de tener libertad para enviar su:
.1. 1.1.111..11d
62
63
diputados al congreso que la repre-
las asambleas primarias. Además de
senta.
que se señalan estamentos separados
§.
al clero y á las ciudades cabezas, se de-
xa á estas la facultad de nombrar vo-
Para el nombramiento de dipu-
cales , y al mismo tiempo se da en-
tados del pueblo se mandan dividir
trada en las juntas electorales de par-
las provincias en partidos de eleccion
tido á los curas, y á las ciudades pues
de 3 00,000 habitantes, y que la Jun-
que componen cabeza de partido. De
ta que lo ha de realizar se compon-
aquí resulta tina complicacion de re-
ga del decano de los curas principa-
laciones , solo buena para alucinar al
les de los pueblos , y del regidor de-
pueblo , y para hacerle creer que tie-
cano de cada pueblo de loo almas,
ne parte en el nombramiento de sus
reuniéndose los de menor número,
representantes , guando se le engaña
para dar un elector á la suerte entre
con fórmulas.
los regidores decanos de ellos.
‘47
En esta resolucion se priva al
§. IV.°
pueblo del derecho de elegir libre-
Al monarca se le dexa la factij-k„í
mente á quien tenga por oportuno,
tad de convocar, diferir, prorogar
puesto que se le previene haberlo de
disolver las Cortes , las quales no .tie-
hacer en un regidor de los decanos; y
nen época fixa para su celebracion,
compuesta la junta de cleccion de es-
pues solo se dice que se hayan de jun-
tos , y de los curas , solo le queda á
tar á lo menos una vez cada tres años,
aq uel una sombra de concurrencia á
Facultades terribles , que dexan al
64
• 65
cuerpo nacional en la nulidad y de-
.qualquiera que diese á. entender lo
que se trata en una asamblea, que en
pendencia.
la publiLidad debe fundar su firmeza.
401
§. V.°
§.
Es del rey el derecho de nom-
brar presidente de Cortes entre tres
El haberse de promulgar por de-
candidatos que á pluralidad le pro-
sretos . del rey las deliberaciones de
las Cortes con la fórmula de
pongan estas, por cuyo medio se ha-
oídas
estar, es lo mismo que no recono-
ce al presidente del partido del so-
cer en ellas la facultad legislativa que
berano , pues que le debe el nom-
tienen , dando al monarca el poder
bramiento.
absoluto, que por desgracia ha sumi-
§. VI.°
do á la nacion en los males que hoy.
nos rodean.
Las sesiones de las Cortes no han
de ser públicas , se prohibe imprimir
1111
§. VIII.°
las votaciones, y toda impresion de
Las rentas y gastos de la corona
ellas se declara acto de rebelion. Así
se han de fixar cada tres dios , por
se encubren con el misterio los actos
una ley, que se presentará á la dell.:
mas interesantes á la patria : así se
beracion y aprobacion de las Cortes
dexa al pueblo en la ignorancia , se
por los oradores del Consejo de Es-
traza el plan para establecer la arbi-
tado , los mismos que han de sujetar
trariedad y el desórden , y se amena-
á su sancion las reformas de los có-
za con el oprobio y la muerte , á
EE
66
67
digos civil y criminal, y del sistema
tar con la impunidad , pues que los
de impuestos y monedas. Esta reso-
daños los ha de corregir el mismo
lucion es sabia, pero no es nueva en
que los comete? s á que presentar la
España, pues que en la antigiiedad los
ley que fixa los gastos , sino para ob-
reyes presentaban á las Cortes los li-
tener una aprobacion ciega , y con
bros de cargo y data , formaban el
la apariencia de libertad oprimir al
presupuesto de los aumentos que de-
.pueblo , alucinado con que en sus
bian darse á uno y otro, y los dipu-
asambleas se han examinado las 1
tados despucs de un maduro examen
tas siempre sangrientas de sus
los aprobaban ó desechaban.
ocios pecuniarios ?
o
§.
7- O
P4,
§. X.
47 V34,42_
El artículo 84 no da á las Cor-
En las quejas sobre la conducta
tes mas derecho sobre las cuentas de
de los mibiistros , no tienen otra ac-
la tesorería general , que para repre-
clon las Cortes , que para represen-
sentar al rey lo conveniente acerca de
tarlas al rey , que las ha de exárninar
los abusos. Entonces t para que pre-
por medio de una comision compues-
sentadas? si el cuerpo nacional si
ta de doce consejeros , mitad del de
este cuerpo compuesto de diputados
Estado, y mitad del Consejo Real.
de los que contribuyen , no ha de
Aquí tenemos sentada la base del des-
poder cortar los abusos y dilapidacio-
potismo ministerial, de esa tiranía do-
nes, á que el aparato de presentar-
méstica, cuyos son los daños que ,su-
le las cuentas , guando debe de 'con-
fre la patria. En la imposibilidad de
68
69
que el rey se acerque por sí al des-
ra nuestra felicidad , desacreditando
pacho de todos los negocios, los mi-
nuestras antiguas fórmulas ; en él se
nistros órganos de su voluntad, y apo-
nos ofrecen unas Cortes mas vicio-
derados de su confianza , abusarán
sas que las que hasta aquí teniamos.
siempre de ella; y el pueblo que su-
Y necesitamos del apoyo francés
fre los efectos ha de carecer de la ac-
para corregir las que nos han dexa-
cion de examinar su conducta , y de
do nuestros mayores, y cuya energía
castigarla ? A las Cortes se les da li-
se ha enervado por el despotismo,
cencia para quejarse , pero el examen
por la ignorancia , y por la caduci-
se comete á consejeros que el rey
dad, que cunde en todos los estable-
nombra con intervencion de los mi-
cimientos?
nistros , de consejeros que deben de
Españoles , despertad , y pues-
temer siempre el influxo de estos, y
to que habeis sabido sacudir el yu-
que pondrán sus adelantamientos en
go impuro que os oprimia , y que
la amistad de los mismos.
levantando vuestra frente , enseñas-
teis al mundo , que sois hijos de
§. xI.o
los ínclitos españoles , que en siglos
Tal es el plan de Bonaparte. En
menos ilustrados establecieron la li-
él se hallan los cimientos del despo-
bertad de la patria sobre los destro-
tismo , echados sin maña y sin arte.
zos enemigos y sobre los laureles de
Este es el plan que con tanto apa-
las victorias, erigid hoy el edilicio de
rato se nos anunció desde Bayona:
vuestra independencia civil , consul-
estas las bases que se han fixado pa-
tando vuestras antiguas leyes , y des-
70
7 T,
truyendo con mano fuerte los abu-
miento de los que han obedecido.
sos que en ellas ha introducido el
Es preciso sentar los cimientos de
tiempo. La Europa admirada de vuesL
nuestra libertad civil de un modo
tros triunfos y de vuestro ardor ,-
eterno; apartar hasta la posibilidad de
sea con ansia esta obra de vuestra po-
los abusos; arrancar las raices de la ar-
lítica , que os podrá compensar los
bitrariedad ; y concentrando el poder
males de la guerra.
soberano en sus justos límites, escribir
con caracteres indelebles sobre el tro-
no , los derechos del monarca , sus
PUNTO III.°
&Aperes , y las obligaciones y respetos
del pueblo.
De la constitucion que deberá dar-
Nuestros mayores guando hacian
se á las Cortes de .España, ó sea
jurar á los soberanos el código de
á la representacion nacional
las leyes , guando los ínclitos arago-
. de esta°
neses ofreeian obedecerles á tal de
que les guardasen sus fueros , é si
i los que llevamos el nombre es-
non, non, y guando los castellanos,
paiío1 hemos de sacudir al fin la in-
en las Cortes de Madrid de 1419,
fame coyunda que el despotismo nos
al salir el rey. D. Juan el II de la me-
ha puesto , es preciso dar á las Cor-
nor edad le dixeron que le entrega-
tes toda la fuerza que les correspon-
ban el gobierno del reyno, Inanife&-
taron la supremacía de la nacion so-
de , y que les ha quitado la maldad
de lis que han 'mandado , y el abati-
bre cl monarca , cuya autoridad es,
72
73
triba sobre el consentimiento de ella,
deberes del soberano ; y de aquí por
y sobre un contrato oneroso de obli-
último ese poder colosal que nos ha
gaciones reciprocas.
oprimido , y que solo puede reducir-
Esta autoridad suprema de los
se dando al pueblo lo que le corres-
pueblos duró en España mientras los
ponde.
monarcas fueron débiles , y temieron
Esta es la obra grande que recla-
la fuerza de los nobles y del pueblo
man de nosotros tantos y tan cos-
mismo , y desapareció desde que la
tosos sacrificios , tantos y tan heroi-
maña de los cortesanos realzó el po-
cos esfuerzos , tanta sangre y tantos
der real, abatió el del pueblo, y con-
afanes como empleamos para conse-
virtió contra este los baluartes que
guir la independencia , y la libertad
sus padres 'hablan establecido para
perdida á impulsos del despotismo y
mantener la libertad.
del sufrimiento.
De aquí las ideas inexáctas sobre
el poder de los reyes ; de aquí la teo-
§. I.°
ría de las vinculaciones, aplicada im-
propia é impertinentemente á la mo-
Del ntim,ero de los vocales que de-
narquía; de' aquí hasta el abuso de
ben de componerlas Cortes, y
las sagradas letras, para afirmar las ba-
de su eleccion.
ses del poder arbitrario ; de aquí la
execracion y el anatema , fulminados
Solo deben de concurrir á las Cor-
contra el que osaba acercarse á exá-
tes aquellos en quienes reside el de-
minar los derechos .del pueblo y los
recho de representar á la nacion ; y
74
75:
como este es inherente á la calidad
entretenido , el holgazan, y el hombre que
de individuo de la sociedad , todo el
no procura dexar sucesor., carecen de tan
que la reuna , deberá reconocerse con
poderosos estímulos , es muy puesto en el
facultad de asistir á ellas por sí , ó
Orden el privarle de la mayor prerogativa
que debe de concederse al hombre consti-
por medio de quien hiciere sus ve-
tuido en sociedad.
ces. Sin embargo deberá privarse de
esta suprema regalía á todos los in-
§.
dividuos que se hallen manchados
con algun delito : á los que carez-
Pues que la calidad sola de in-
can de algun arte, oficio á ocupacion
dividuo de la sociedad es la que da
útil al público , ó que siendo hacen-
un derecho para contribuir con su
dados no acreditaren emplearse en
voto á las asambleas representativas,
bien de este: y á los que , llegando
estas deberán constar de sola la clase
á la edad de treinta años, no hubie-
del pueblo. Los estamentos de la no-
ren contraido matrimonio; en una pa-
bleza y del clero han entrado en ellas
labra, á todos aquellos, ó viciosos, ó
en los siglos del orgullo feudal , en
parasitos , que sacan del estado la sub,-
los quales el clero y' la grandeza tu-
sistencia sin retribucion alguna
vieron mas fuerza tai.;7>
e
soberano,
NOTA.
riquezas y vasallos, y for-
maro
Lz razon está en que no debe de tener
ueblo. intereses separadOs de los del
derecho para representar á la nacion nin-
pueblo.
,-
guno que no tenga interés inmediato en su
'1°9. \\I •
bien estar; y como el delinqüente , el mal
76
77
gidores de las ciudades, pues le de-
NOTA.
be n á un privilegio ó coúesion he-
cha á sus familias , ó á la eleccion
¿Y que ventajas ha producido la con-
currencia de los estamentos? Resistir las
del soberano ; de donde resulta que
instancias del pueblo guatitas veces han es-
el pueblo confia sus intereses á un
tado en contradiccion con sus privilegios,
sugeto que no le debe la considera-
y siguiendo en sus ideas de engra ndeci-
cion unida al regimiento ; que desco-
miento , no omitir medio para llevarlas á
noce las miras del mismo pueblo ; ó
colmo. ¡Que tristes y vergonzosos docunzen•
á un hombre adherido á las del mo-
tos nos conserva la historia de esta ver-
dad!
narca que le ha nombrado. No es
correspondiente á la masa principal
que se va á representar ; porque hay
§. HL°
reuno que tiene facultad de enviar
El limitar la representacion á
seis diputados , guando otros en ma-
solas las ciudades cabezas de provin-
yor poblacion carecen de ella, y siem-
cia , ó á los pueblos que gozan del
pre es monstruoso el que dos hom-
privilegio de Cortes , y en ellas á
bres vayan á hacer las veces de una
los regidores que elijan ellos mismos,
provincia que no los..conoce , ó no
es constituir una representacion im-
ha tenido parte en su nombramien-
perfecta , y 'nada correspondiente á
to.
la masa principal. Digo imperfecta,
NOTA.
porque ninguna parte tiene el pue-
blo en el nombramiento de los re-
quanto mas fácil acceso tiene lo in-
78
79
tríga en un ayuntamiento compuesto de
electorales de á cien mil habitantes:
veinte vocales, que si la eleccion resulta
en ellos cada parroquia nombrará á
del concurso de los votos de doscientos mil
votos, en manos del cura párroco y
habitantes?
alcalde , el sugeto en quien reconoz-
Es preciso que la representacion
ca mayor disposicion , para que, pa-
nacional en las Cortes sea proporcio-
sando al . pueblo que se le señale por
nada á la poblacion del reyno , y si
-cabeza de partido, haga en él el nom-
es posible que la favorezca de modo
bramiento por escrutinio secreto y
que las provincias tengan interés en
eleccion canónica , en ayuntamiento
aumentarla , para tener mayor parte
compuesto de sus diputados parro-
en las decisiones relativas al bien
quiales , y presidido por un vocal de
al mal de la patria.
la diputacion de la provincia residen-
Dar, como quiere la constitucion
te en la metrópoli.
Josefina , un vocal para cada trescien-
En las elecciones parroquiales so
tos mil habitantes , me parece corto,
lo deberán entrar los padres de
y señalar dos á. cada pueblo cabeza,
, los cabezas de ella , mas no los
ó tí cada pueblo privilegiado , es mu-
-solteros, los que estén manchados con
cho peor. Lo mejor y mas acertado
-:aquel delito , ni los que carezcan de
será dar facultad á las provincias pa-
oficio , arte ti ocupacion honesta.
ra enviar á las Cortes un diputado
Para tener derecho de nombrar el.
por cada cien mil habitantes.
diputado parroquial , deberá constar
Para verificarlo deberán dividirse
• d pueblo al menos de mil habitan
los reynos ó provincias en partidos
'tes , reuniéndose los que no llegaren
So
para componer este número. Los elec-
la provincia , manteniendo con ella
tores , guando pasen á la cabeza de
una correspondencia seguida , para
partido , llevarán facultad de propo-
que esta tenga conocimiento de lo que
ner al diputado que saliere todo lo
se trata.
que crean útil al bien de sus respec-
Los diputados llevarán consigo
tivas parroquias , para que con este
un asesor, y un secretario nombrado
conocimiento lo pueda proponer en
por la diputacion de la Provincia ; y
las Cortes.
á todos se les señalará aquel sueldo
Los diputados pasarán á la me-
que pareciere regular , el qual les pa-
trópoli , se presentarán á la diputa-
gará la provincia por medio de letras
cion general de la provincia, la qual
1 ó libramientos mensuales : por ma-
examinará los testimonios de eleccion
nera que los diputados habrán de re-.
de cada uno, y hallándolos arregla-
cibir siempre su subsistencia , su con-
dos , los aprobará ; y recogiéndolos,
sideracion y facultades de la provin-
les extenderá el poder general que
cia que. los nombrare.
deberán llevar en nombre de la pro-
Se les prohibirá tomar mercedes,
vincia , con las instrucciones que re-
pensiones ni gracias del soberano, pa-
sulten de lo que cada elector parro-
ra sí , ni para su familia hasta el quar-
quial hubiere manifestado , y de las
to grado : al que faltare á tan salu-
ideas de la misma diputacion : se les
dable principio se le tendrá por in-
exigirá un juramento solemne de ha-
fame, se le confiscarán sus bienes , su
cerse bien en sus funciones, y de en-
nombre se borrará de los libros de la
tenderse siempre con la diputacion de
nobleza si la obtuviere, y sus deseen-
8 2
83
dientes quedaran inhabilitados para
tes los puntos de que fueren encar-
cargos públicos, á no ganarlo con sus
gados.
heroicos hechos.
NOTA.
Era costumbre hasta aquí el nombrar
NOTA.
una comision previa, compuesta del gober-
Esta sabia resolucion de nuestras an-
nador del Consejo y Cámara de Castilla,
tiguas Cortes ha quedado sin efecto , por-
para examinar las instrucciones y poderes
que no se dexó á los pueblos el cuidado de
que llevaban los procuradores, y el dexar
su observancia. La esperanza de reconz-
á los Acuerdos de las Reales Audiencias el
tr
pensas en los procuradores de Cortes, y el
conocimiento sobre los recursos que dima-
ardid de la política del gabinete para con-
naban de las elecciones. Por este medio
seguirlos, han enervado la voz de aquellos,
sencillo sabia el rey anticipadamente las
y la nacion ha sido sacrificada á sus miras
ideas de los diputados, preparaba los áni-
ambiciosas.
mos á su placer , y se daba á los tribuna-
les , que solo deben ser executores de las
Extendidos los poderes por la di-
leyes, un conocimiento judicial sobre la re-
putacion general de la provincia, par-
presentacion nacional , que no les puede
tirán los diputados al lugar señalado
corresponder, y que tienen reclamado las
para las Cortes , los d uales deben ser
mismas Cortes.
admitidos por sola la presentacion de
Los diputados de Cortes, duran,
aquel documento , sin que autoridad
te ellas , han de ser _ tan santos como
alguna , por suprema que sea , se en-
la nacion. Qualesquiera atentado con-
trometa á examinarlos , ni á pedirles
tra sus personas , qualesquier procedi-
las instrucciones que llevaren , pues
miento mandado por el rey, por sus
que solo han de proponer á las Cor-
ministros , d por sus tribunales, se mi/o'
1
.k91,
84
rará corno un delito de ¡esa patria;
rechos de sus tribunales 9 y con los respe-
la provincia , cuyos sean los diputa--
tos de las clases primeras. Una intriga se
dos agraviados, saldrá á su defensa , y
forma fácilmente en la Corte,y la indepen-
el conocimiento de los excesos que
dencia mas absoluta deberá ser el atributo
precioso de los diputados.
puedan estos cometer quedará reser-
vado á las Cortes mismas , las qua-
Reunidas las Cortes, sus vocales
les formarán el proceso , le enviarán
no podrán separarse de ellas con pre-
para su sentencia á la diputacion ge-
texto de comisiozies ni por otra cau-
neral de la provincia de donde dirna-
sa , á no ser por imposibilidad física
ne el reo; y esta, antes de fallarle, da-
ó moral , reconocida y aprobada por
rá conocimiento á la Junta electoral
la diputacion general de la provin-
del partido á que corresponda.
cia, y por la junta del partido á que
Si el delito i exceso del diputa-
pertenezcan.
do fuese de tal gravedad que impida
NOT A.
su concurrencia á las Cortes, á juicio
Si no se cierra esta puerta, los corte-
de ellas, la provincia nombrará, otro
sanos conseguirán con pretextos especiosos
que le substituya durante la suspen-
del bien público apartar á los vocales que
tal vez se distingan por su zelo 6 por su
sion.
enterez a. Pero dexándolos enteramente so-
NOTA.
metidos á los comitentes, se corta este abu-
so que haría, incompleta la representacion
Toda esta seguridad y garantía son pre-
nacional.
cisas en unos personages que van á repre-
sentar á la nacion,y que tienen que chocar
Como los procuradores de Cor-
con los intereses del soberano, con los de-
tes son unos apoderados de las pro-
8 6
87
vincias que los envían, deberán estar
¿e j
4,
tan unidos con ellas, que no podrán
PUNTO IV.°
salir de las instrucciones que se les
al o
dieren sin su anuencia; y concluida
De la convocacion de las E tes,5
la asamblea tendrán que dar cuenta
dia y lugar de su residen
puntual de su conducta á la diputa-
cion general de la provincia , la qual
la aprobará ó no segun hubiere sido.
N o debe de ser arbitrario al mo-
narca el llamar á Cortes, porque sién-
NO2'4.
dolo, se dexa en sus manos la facul-
No seria necesaria esta prevencion si
tad de hacerlas desaparecer. El exern-
la política de la Corte no hubiera introduL
'ciclo un juramento, con el qual se sellaba
plo de lo sucedido debe hacernos
la boca á los procuradores para no decir
muy cuidadosos para evitar que se re-
lo que pasaba en las Cortes. Por este me-
pitan los excesos cuyas conseqiien-
dio quedaban burladas las esperanzas del
cia.s lloramos.
pueblo , y reducidas á una pura fórmula
Cada dos arios indefectiblemen-
sus asambleas : y por este medio el despo-
te se deberán celebrar las Cortes, y
tismo supo erigir su trono atroz sobre la,
nacion.
una ley fixará su abertura para el 2
de Mayo. De suerte que sin necesi-
dad de cédulas ni de decretos reales,
cada provincia dispondrá el nombra-
miento de sus vocales, de modo que
para aquel se hallen en el pueblo en
88
89
donde se han de celebrar las Cortes.
En el que se determine por la
ley no debe de haber mas fuerza mi-
NOTA.
litar que de quinientos hombres, que
Por este medio tendremos Cortes , y
pasarán de la guarnicion mas inme-
el 2 de Mayo es tan célebre en la his-
diata, llevándose los diputados de ca-
toria de la independencia nacional , que
da provincia diez hombres de las mi-
parece muy justo fixar en él la abertura
licias honradas de ella , para la custo-
de unas asambleas que han resucitado de
la noble sangre derramada en Madrid en
dia y honores inmediatos de las Cor-
aquel dia.
tes.
NOTA.
Hasta aquí el soberano indicaba
De aquí resulta que el cuerpo soberano
el lugar de la residencia de las Cortes,
.tendrá mucha mas fuerza que la que lle-
vará el monarca, y no podrá temer jamás
de consiguiente podia reunirlas en un
una sorpresa.
parage , que por la fuerza establecida
en él , ó por sus intereses , fuese de-
En el hecho de exceder del nú-
•rnasiado adicto á sus miras. Debe de
mero de quinientos los soldados, ó
quedar para siempre excluida la Cor-
de tomar el soberano medidas pa-
te para lugar de las asambleas, las qua-
ra aumentarle , se declarará la patria
les se convocarán para un pueblo
en peligro , se dará cuenta á las di-
abierto, de buenos alimentos, y que
putaciones provinciales para que pre-
yazca en el comedio de la península:
paren la fuerza , se suspenderán las
Toledo , °caña , Segovia , ó Guada-
Cortes, y el presidente las llevará á
laxara , parecen los mas á propósito,„
aquella capital de reyno que le pare-
90
91‹.
ciere del caso , en ella continuará
el desempello podrá ir á las Cortes
sus sesiones, y se tomarán las provi-
acompahada del presidente del Con-
dencias conducentes al bien del es-
sejo supremo y de dos magistrados
tado.
letrados, los quales solo concurrirán
NOTA.
guando el monarca.
No se crea que estos artículos son clec.
Para suplirle en ausencia ú enfer-
lo de un espíritu bilioso ó suspicaz. El
medad, nombrarán las Cortes un pre-
despotismo es muy sutil y muy artero , y
nada omite para lograr sus fines. Acordé-
sidente por sorteo entre todos los di-
monos de lo que pasó á nuestros padres:
putados , el qual se renovará cada seis
acordémonos de lo ocurrido con Zumel , y
meses , y desempeñará las funciones
veremos ser estas precauciones precisas pa-
que hemos atribuido al monarca-------i-,
V t
ra asegurar la independencia de la patria.
ea u
01\\
114
PUNTO V.°
PUNTO VI.°
De la presidencia de las Cortes.
Del aparato con que el Rey coiiaita9-'
rirá, á las Cortes.
Al rey corno gefe supremo del es-
tado corresponde la presidencia del
El las consultas que desde tiempo
cuerpo nacional: pero esta regalía no
inmemorial hacia el Consejo de Cas-
debe de darle mas facultad que para
tilla á los reyes , tenemos la norma
resumir los votos, mantener el órden,
de lo que deberá executarse en las
y en caso de empate resolver. Para
Cortes. El rey se quedaba solo en-
92
93
tre los magistrados de aquel augusto
tribunal, y con ellos despachaba los
PUNTO VII.°
negocios. Esta sencillez , este aparta-
miento de los instrumentos de la opre-
De la autoridad de las Cortes.
sion y de la defensa , manifestaba la
libertad con que le debian proponer
lo que creyesen del caso.
la nacion representada por sus
Luego en el cuerpo nacional de-
diputados en las sagradas asambleas,
be adoptarse esta misma conducta. El
conocidas entre nosotros con el nom-
monarca una vez sentado en el solio
bre de Cortes, se contentó hasta aquí
quedará entregado al amor y al res-
con exponer sus deseos y necesidades;
peto de los que representan al rey-
y si por una tension natural del ge-
no. Sea justo , siga las huellas de la
.neroso carácter español dexó las pro-
razon y de la ley , y estará mas se-
videncias conducentes á su bien es-
gura su persona , y será mas respe-
tar á la voluntad de sus monarcas, el
tada quanto menos armada se pre-
daño que esta deferencia le, ha pro-
sente.
ducido debe hacerla variar de sistema,
y recobrar sus derechos, que jamás se
prescriben.
La terrible facultad concedida ó
tolerada , de acceder ó no los so-
beranos á las pretensiones del pue-
blo , debe de desaparecer. Esta tute-
94
95
la infausta ha dexado al pueblo á la
que el pueblo es por sí bastante para
merced de los cortesanos , y las ven-
conocer el bien ó el mal de su cons-
tajas no la justifican. quien puede
titucion , para acelerar aquel y corre-,
conocer mejor sus intereses? Quien
gir este, no cabe duda en que con-
mejor que la nacion legítimamente
viene dexarle esta prerogativa que tie-
representada puede atinar con el re-
ne en sí mismo , que perdió entre no-
medio de sus males , y con los cami-
sotros por descuido ó por una nimia
nos de conseguir su felicidad ? Con-
confianza , y que ha vuelto á conquis-
fiar á otros el cuidado de mejorar la
tar con inmensos sacrificios.
suerte propia es un efecto de holga-
El pueblo pues ó la nacion re-
zanería, de ignorancia , ó de inmora-
presentada por los diputados, debe ex-
lidad. Si el pueblo no hubiera sacu-
poner en las Cortes sus deseos , ex-
dido los grillos fatales que le ataban
plicados en las instrucciónes de cada
á la columna de la deferencia, ten-
uno. El monarca manifestará el esta-
dría la gloria que hoy le rodea? y al
do militar, político y económico del
conquistador de la Europa le hubiera
reyno , con los documentos que justi-
costado la sangre y los esfuerzos que
fiquen sus extremos ; á saber , las re-
emplea infructuosamente, por aludir
laciones diplomáticas, las entradas y
al mapa de sus dominios la penínsu-
salidas del erario , y los proyectos de
la española ? Pues ya que han sido
ley que le hubiesen propuesto los
- precisos tantos siglos , y datos tan re-
Consejos: y las Cortes despues de un
petidos como nos conserva la historia,
maduro exámen determinarán por va-
para demostrar la .sencilla verdad, de
tacion rigorosa lo que deba estable-
L
96
97
cerse: hecho, quedará sancionado por
timo individuo del Estado -tendrá li-
ley , de cuya execucion se encargará
,bertad para elevar al cuerpo nacio-
el monarca , aboliéndose el abuso de
nal sus quejas contra el ministerio.
publicar decretos con la cláusula de
Como el número de los diputa-
como si frieran hechos en Cortes.
dos será grande, y los negocios que
En el exámen de los manifiestos
se presenten no se podrán exáminar
que presentare el monarca , ocupará
por todos, convendrá fixar el méto-
el lugar primero la conducta de los
do con que se haya de proceder en
Organos de su voluntad,
las discusiones, y que sin ser de pura
relatores de las pretensiones ó instan-
fórmula franquee los caminos de la
cias de los vasallos , tienen la mas
libertad y del acierto.
inmediata accion en el bien de la pa-
Abiertas las Cortes el monarca
tria, y á su influxo debe esta los da-
les propondrá en terna tantos secre-
ños que padece. Monarcas bondado-
tarios como sean las comisiones en
sos : reyes llenos de probidad y de
que se hayan de dividir aquellas y
buenos deseos, aparecen en la histo-
las Cortes por eleccion aprobarán los
ria como unos monstruos enemigos
que tuvieren por oportuno. La dura-
del pueblo , por las sugestiones del
cion de su empleo no excederá nun-
ministerio. Es preciso apartar seme-
ca del tiempo de las Cort e s mismas;
jantes perjuicios por medio de la de-
y las actas , papeles y acuerdos se cus-
claracion que las Cortes hagan de su
todiarán en un archivo nacional ,
conducta , á cuyo fin los u ibunales
cargo de dos diputados de los que
superiores é inferiores, y hasta el in-
compongan la diputacion permanen-
98
99
te , elegidos por las Cortes mismas.
da instruccion de los diputados.
Se distribuirán los vocales de las
Estos oradores serán tratados con
Cortes en seis comisiones ; á saber,
el mayor decoro : su trabajo recibirá,
primera de estado , segunda de ha-
los premios correspondientes de ma-
cienda, tercera de guerra, guarra de
no de las Cortes mismas ; pero su
policía , comercio y artes , quinta de
iaccion únicamente se limitará á po-
justicia, y sexta de examen de la con-
ner los asuntos en el punto de clari-
ducta de los ministros y magistrados
dad necesario para la resolucion.
supremos. A ellas se pasarán todos
Quando algun proyecto de ley
los papeles, documentos, proyectos
hubiere recibido en la comision res-
y peticiones de los pueblos, para que
pectiva toda la instruccion, se reuni-
arregladas se instruyan competente-
ran las Cortes, el rey ó el presidente
mente , á fin de poner á las Cortes
de ellas pondrá el tema, los orado-
en estado de resolver.
res se presentarán á discutirle en las
El rey nombrará un número de
tribunas, los diputados tendrán dere-
literatos, magistrados ó ministros, cor-
cho para hacer las impugnaciones que
respondiente á la calidad de los ne-
estimaren , se dará entrada al pueblo
gocios que comprehendan sus mani-
para que se entere de todo , se im-
tiestos , y las Cortes harán lo mismo
primirá inmediatamente la sesion por
por su parte , para que hechos todos
medio de un diario , dexando en li-
cargo de los que se presenten en las
bertad á todos de hacer sobre ella sus
'comisiones, los discutan, y hagan de
observaciones por medio de este y
oradores en las Cortes, para la .debi-
no se pasará á votar, á no haber trans-
loo
r o'
currido el tiempo suficiente para que
narca , sino la expresion de los votos
las luces del pueblo instruido lleguen
de la nacion , v yo mismo he tenido
á la asamblea.
parte en ello."
Por este camino los diputados re-
Reunida la mayoría de opiniones
presentantes , los oradores que siem-
sobre cada punto , quedará fixa la de-
pre se eligirán entre los sugetos mas
terminacion , que se llamará Ley he-
acreditados por sus luces y probidad,
cha en Cortes. Se expedirá el decre-
y hasta el pueblo , contribuirán al
to que la comprehenda , firmado por
acierto de las deliberaciones : las le-
el secretario de la comision respecti-
yes serán la expresion de la voluntad
va, por el presidente y dos vocales. Su
general , y entre la colision de las
execucion se cometerá al rey, el qual
ideas aparecerán los genios que ha te-
por medio de otro decreto suyo lo
nido España , y que el despotismo
comunicará á los tribunales para que
ha sumido en el silencio. El literato
dispongan su cumplimiento. Si el mo-
desde su gabinete , el artesano en su
narca , sus ministros, o sus tribuna les,
taller, el labrador en el campo, y el
detuviesen el curso solos ocho dias,
.comerciante tras su bufete, sabían los
despues de comunicado , se declarará
fundamentos de lo que se mande; y
la patria en peligro.
guando se les anuncie la ley podrán
Las Cortes permanecerán reuni-
decir : „ este no es el resultado del
das mientras hubiere asuntos que tra-
capricho de un ministro , de las ideas
tar en ellas , y ni el soberano ni el
equivocadas de un cuerpo particular,
presidente podrá disolverlas , porque
ni de la ciega voluntad de un mo-
este acto deberá ser el resultado de
re,1
103
una certificacion jurada de cada secre-
dor, que cele constantemente la con-
tario de comision , que acredite no
,: ducta :del rey y de sus ministros, y
haber ya negocios que 'Ventilar; y el
que salga ,al- encuentro á los abusos,
dia de la cesacion se anunciará anti-
de un modo enérgico y capaz de cor-
cipadamente á las provincias para su
tarlos,
gobierno.
Santas y buenas leyes tiene Es-
paña , sabia es su constitucion , y por
PUNTO VIII°
falta de este cuerpo observador se
han enervado aquellas, se ha corrom-
De los cuerpos conservadores de
pido este . , y hemos llegado á vivir ba-
xo el-:cetro impuro de un gobierno
las decisiones de las Cortes.
arbitrario, dislocado y monstruoso.
Ya.que al fin hemos logrado salir
De nada servirá el constituir el
de 1111 caos tan desgraciado, y ya que
cuerpo nacional baxo reglas sabias,
se trata de arreglar nuestras leyes , to-
el pueblo no - conseguirá: sus justos
memos lecciones de lo pasado, cerre-
fines, las leyés quejor establecidas que-
mos los oidos á las pasiones , y fixa
darán sin efecto, y el despotismo vol-
la -vista en lo sucedido y en nuestros
verá á encadenar torpemente á nues-
hijos , no queramos dcxarlcs motivo
tros hijos , si no procuramos asegurar
de llanto ó de desprecio.
el cumplimiento exácto de los acuer-
Al concluirse las Cortes se toma-
dos que se hicieren en las Cortes
rá por la suerte la mitad de los di-
por medio de un- Consejo conserva-
putados de cada provincia, para que
lcs4
1o5-
formen la diputacion general del rey-
pudiera tal vez ganar los corazones de
no, residente al lado del soberano en
los individuos de la diputacion 2
,enc-
el espacio que medie de unas á otras
ral , de aquí la absoluta necesidad de
Cortes.
ponerles un freno eficaz que los con--
Su obligacion será celar la ,pun-
tenga , y que les haga vivir atentos al
tual y exacta execucion de lo acor-
bien del pueblo.
dado en las Cortes , reclamar ante el
Para este efecto habrá en ca-
•
soberano los abusos que en su falta
da provincia una representacion vi-
advirtieren, y dar parte á las diputa-
va , compuesta de los primeros gefcs
ciones de las provincias, siempre que
de ella , y de dos diputados de cada
no produxesen efecto sus instancias.
partido electoral, elegidos por los pue-
Quando llegase el caso terrible de
blos por el mismo método que los
faltar el monarca á lo resuelto por la
que hubieren de componer las Cortes.
nacion , ó á los deberes que la cotas-
- Al cargo de esta diputacion estará
titucion le prescribiere , la diputacion
el celar inmediatamente la observan-
general declarará la patria en peligro,
cia de las leyes y la conducta de la di-
llamará á Cortes para un lugar segu-
putacion general, asegurar la libertad
ro, los pueblos se pondrán en estado
civil , y promover (patato conduzca al
de defensa , y una convulsion política
bien estar de la provincia.
hará entrar en sus deberes á todos.
Las contribuciones y los tributos
Mas como el espíritu de la cor-
de sangre y de dinero se recaudarán
te es tan venenoso, y tan sutil la lla-
invertirán con su conocimiento: toda
mada política de los ministerios , que
la fuerza armada estará al sus órdenes
IoG
107
inmediatas : un gran justicia elegido
entre los mismos vocales, y cuya dura,
NOTA.
clon será solo un año , cuidará de cor-,
regir los abusos de los magistrados , y
Si la tiranía no contenta con opri-
ante él se habrán de presentar quantas
mir á los nobles hijos de las Colo-
órdenes vinieren de los ministerios pa-,
nias , los apartó de las Cortes, y si
ra su cumplimiento de acuerdo con la
los intereses de esta parte tan precio-
diputacion.
sa de la monarquía se confiaban has-
Esparloles, por estos medios senci-
ta aquí á las manos 6 indiferentes ó
llos tendreis patria y tendreis gobier-
avaras de los magistrados; los lazos de
no , los ingenios saldrán,. del letargo
la fraternidad que unen estrechamen-
en que se encuentran , y la fuerza y
te á. la metrópoli con las Américas,
el_ poderío sucederán :1 la, :debilidad,
obligan á darles un lugar distinguido
en que os abismó el desvío de los ver,
en las Asambleas Nacionales , baxo
daderos principios constitutivos de las:.
las mismas reglas que se han dado
sociedades. ¡Dichosos si os convén-,
para la península. Iguales en dere-
ceis de esta verdad, y dichosos si acer-
chos y en obligaciones , por que
tais á. realizarla!
introducir diferencia?
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