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AR TICULOS de la peticion sobre ligitlmidad
de los reales -nombramielltos hechos en la
época constitucional, nuevamente presen-
tados al Estamento en la. sesioll de 21 de
s.etiembre ije .1:834.,


Art. 1.. C> Se declaran legítimos todos los reales nombra-
mientos civiles, militares. 1- ec-Iesiásticos, hechos por S. ~J.
desde 7 de' marzo de 182.0.. á 30 de setiembre de 1825, y ello
su consecuencia los qJle los obtuvieron, recobrarán los grados,.
honores, condecoraciones y antigüedad correspondientes á di-
chos nombr.amientos reales.


Art. 2. C> El gobierno, en virtud de su,s. facull'atW,s, de-
sigooJiÍ á estos funcionarios, ó bien como cesantes, ó bien.
en activo servicio.;: y. desde la. !,echa de este decreto se les
abonarán los sueldos que les corresponda resp,t:ctivamente, con
arreglo á las reales órdenes que rigen é rigieren en lo suce-
sivo para dichas clases de empleados. Madrid 19 de setiembre
de 1854--Señora: A. L. R. P. de Y.. l.\'1.-l\Iiguel Chaccn.-
Pedro Alcalá z'amora·-Amlres Visedo.-Angel Polo y iUonge.-
Francisco Antonio l\ltlntilta.-Mateo Belmonle.-Aguslin lopez
del Baño.-Telesforo de Trueba Cosio.-Rufiuo Garda Cara5-
co.- Fernando de Butron •. -1Uanuel de lledro.-losé Alv:¡¡ttl
Sotom33.0r.-• .\gustln- GUI·ci.a de Atoeba •.