1
}

1


ADVERTENCIA,


Eln la sesion extraordinaria de la
noche del 14 de octubre se leyó el die-
tdmen de la conzision ese ,ecial encarga
da de presentar un proyecto de ley para
la organizacion de las sociedades patri-
óticas. ftimediatamente comenzó la dis*
cusion despires de haber pedido la pa-
labra muchos SCFíOreS diputados ; y que*
dando pendiente, continuó en-la mañana
del G. Deseaba manifestar al Congre*
so nzi opinion sobre'este gravcd, imppr-
tante asunto: y con este motivo' pedí la
palabra al señor presidente ,y 4 uno de
los secretarios el favor de que 4 su ti-
empo tuviese d, bien leer el razonamien-
to que para suplir el defecto y debilidad
de mi voz habla extendido- po. r escrito.
Mas no hubo lugard que llegase • mi tur-


.




4


no , porque solo con haber hablado en
ambas sesiones cinco diputados, sin con-
tar dos individuos de la comision, ci
consecuencia del discurso pronunciado
por el senor secretario del despacho de
la Gobernacion, se declaró estar el a-
sunto suficientemente discutido, y se pa-
só á la votacion.


. En la sesion del din 16 anunció el
sellor presidente que debla continuar la
votacion que quedó ayer pendiente. En-
tonces pedí la palabra para advertir que
no se podian votar los artículos del pro-
yecto de ley, sin que antes se discutie-
sen en particular ; pues la discusion de
ayer y antes de ayer habla recaído sobre
el proyectó considerado en su totalidad,
mas no sobre cada uno de sus artículos,
como expresamente previene el artículo
d. 56 dé la Constitucion, que leí dos veces.
]fas habiéndose declarado que no habla
lugar tí- nuevas discusiones , hice pre-
sente al Congreso que no llevarla á mal
el que yo tratase de imprimir y publi-
car el discurso, por el influjo que acaso
podrá, tener en la ilustracian pública. •


5


SEÑOR:


l amor de la patria , el vehemente
deseo de que se consolide el magestuo-
so edificio de nuestra regeneracion ci-
vil y sistema constitucional , y el celo
por la conscrvacion de la cara prenda
de la libertad y de los derechos cívi-
cos que por una especie de milagro
político hemos recobrado despues de tres
siglos de opresion : acontecimiento ven-
turoso, que formará época en los ana-
les del inundo civilizado ; me han su-




6


jerido el pensamiento , y obligado en
cierta manera, y dado fuerzas para ha=
cer algunas observaciones, aunque te-
mo que con mas celo que fortuna , so-
bre el importante argumento que llama
hoy nuestra atencion.


Protesto sinceramente ante todas co-
sas que no las vehementes pasiones de
amor y de odio , ni la parcialidad , ni
la emulacion , ni la lisonja ni la a-
mistad , antes sí la razon y la justicia,
y el deseo del bien público, han influi-
do en estas investigaciones, y animado
el presente discurso. Confieso igual-
mente que no es mi propósito declamar
contra las sociedades patrióticas, ni ha-
cer su apología, ni acriminadas , ni de,
fenderlas porque me faltan los datos
necesarios' paraproseguir esta causa con
acierto , porque no conozco esas corpo-
raciones , ni á los individuos que las
componen , ni jamas he concurrido á
éllas . •Entiéndase pues que yo no ha=
blaré sino


• hipotéticamente , y solo en
este sentido procederá mi razonamiento.


Para continuarle con orden, y pre-
-caver la confusion de las ideas que sien:.,


7
pre fue consecuencia necesaria de la
'verbosidad de los discursos y del uso
de expresiones y vocablos ambiguos y
susceptibles de varios y aun opuestos
sentidos , asentaremos ciertos principios
que así como otras tantas luces coloca-
das de distancia en distancia nos con-
duzcan sín extravío por el camino de la
verdad hasta llegar al fin y término de
nuestros deseos.


La libertad de pensar y el -uso ex-
pedíto de las facultades intelectuales y
del prodigioso artificio del lenguage con
que el Criador dotó al hombre para que
pudiese 'manifestar sus ideas y comuni-
carlas d sus semejantes., es un derecho
de la naturaleza independiente de toda
convencion y de toda autoridad , la mas
sagrada de las propiedades; nobílisima
prerogativa del hombre, y el carácter que
le distingue del género animal.


Y si bien los gobiernos opresivos y
despóticos le han privado muc has ve*
ces de este tan precioso don del cielo,
degradando su dignidad, y reduciéndole
á la condicion de las bestias mudas y
al estado salvage, todavía en estos dias




3


felices la- nacion española, en medio de
violentos torbellinos y horribles-tormen-
tas y convulsiones políticas, logró en
premio de sus heróicas virtudes reco-
brar sus imprescriptibles derechos san-
cionados para siempre por - la Consti
tucion y ley fundamental que élla mis-
ma se ha dado. "La nacion está obliga-
da á conservar y proteger por leyes sa-
bias y justas la libertad civil, la pro-
piedad y los demas derechos legítimos
ele-todos los individuos que la componen.
Todos los españoles tienen libertad de
escribir , imprimir y publicar sus ideas
políticas sin necesidad de licencia."


Los eruditos y laboriosos diputa-.
dos que tuvieron la gloria de estender
nuestra carta constitucional, compren-
dieron desde luego que la libertad de:
;juzgar de :escribir y de hablar ha sido
en todos tiempos :y edades la base , el
principio y tambien el mas estrecho lazo
-de las sociedades políticas', y . de aquella
general fraternidad que, segun la inten-
cion del Criador, debe reynar.:entre
seres inteligentes, madre fecunda de vir-
tildes, fuente de ciyilizacion y cultura,


germen de luces y sahiduria , conserva-
dor de la justicia y del drden público,
y el mas poderoso agente de los intereses
sociallletsii;


poco ignoraban que es imposi-
ble que las naciones consigan dar estabi-
lidad á su constitucion, ni perfeccionar
su gobierno, leyes, instituciones, policía,
y moral pública sin libertad: libertad
de censurar modestamente los excesos del
poder y de la autoridad, la conducta del
gobierno y de sus agentes, las operacio-
nes de los magistrados y funcionarios pú-
blicos, combatir los errores- y' preocupa-
ciones populares y las desvariadas opi-
niones, y desterrar los abusos. Así que,
deseando como en otro tiempo el Empera-
dor Antonino, que todo ciudadano pu-
diese hablar y decir francamente cuan-
to pensase acerca de todos los asuntos y
objetos del gobierno , sancionaron esta
santa libertad por la ley fundamental
de la monarquía.


En uso de estas facultades algunos
celosos patriotas y justos apreciadores


I
del sistema constitucional concibieron la
idea de reunirse en sitios públicos, y




SO


formar asociaciones amistosas con el no-
ble y loable fin de difundir las luces
por tosió el territorio espaiíol, llamar la
atencion de los pueblos para hacerles .en4
tender sus verdaderos intereses, prepa-
rar la opinion y vencer los obstáculóá
qne la ignorancia y la malicia habian
de oponer .á las nuevas instituciones -y
á las saludables reformas que se medí
taban.




Las 'observaciones políticas, aren.*
gas y discursos pronunciados en estas
reuniones fraternales produjeron los mas
bellos efectos, y así cómo los razona-
mientos y sermones dogmáticos y mora-
les que resuenan en el silencioso y tran
quilo recinto de los templos influye
poderosamente •en la conservacion de 1
sana doctrina y en la pureza :de costum'
ores, así aquellos han contribuido á ree
tificar las ideas , exaltar . los ánimos
abatidos, fortificar el -imperio de la opi
nion , reducir á unidad los opuestos Fem.
samientos. é intereses,. •:prevenir la pe
ligrosa:fermentacion de las pasiones po
pillares, 'difundir copiosos rayos de lu
para esclarecer la ciega muchedumbr


1 1


que todavía yace en tinieblas, observar,
descubrir, é imponer silencio á los mal-.
vados, prontos á aprovechar la primera
coyuntura para ahogar en su misma cu-..
n; la naciente libertad. La tiranía nun-
ca hubiera reynado sobre la ópinion pu-
blica si los sabios patriotas tuvieran
bertad en aquella situacion para soste-,
nerla y vindicarla. Poner limites á está
justa libertad., es abrir la pueita al des.
potisnió que jamas ha cesado. de rodear
sagazmente; los términos y confines de la
libertad política-para sofocarla.


El pensamiento de imponer silen-
cio tí nuestras sociedades patrióticas, des.,
acreditarlas, y-aun disolverlas, es pee,
perar el triunfó del servilismo y de los
enemigos del &den sociál,.que no pw-i.
diendo sufrir las justas Teconvenciones,
ni la severidad de la censura pública
de los patriotas, ciegos á la luz y obs-
tinados en su injusto propósito, solo tra-
tan de infamarlos atribtVéndoles exce-
sos, abusos, desórdenes y aun proyec-
tps criminales.


lie aquí la senda estrecha y tor-
tuosa por donde en todos tiempos ha




1 2 i
dirigido sus pasos la malignidad y male-,•
(licencia y el camino trillado por los sa-
télites del despotismo , por los enemigos
del órden , y por los que no tienen otro,
principio motor de sus operaciones que
el interés individual segun que ya lo
han anunciado al público por escrito y
de palabra los amigos de los hombres.
La filosofía de la esclavitud siempre ha
confundido con interpretaciones sinies
tras lo que la eterna verdad distinguió
coa relaciones inmutables. La tiranía de
acuerdo con la ignorancia, abusando de
los vocablos, y confundiendo las ideas
mas claras, en muchas ocasiones califié6
de crimen de estado á una opinion polí-
tica, á una accion indiferente, á una
justa censura de las operaciones del go-
bierno , haciendo de este modo á los
hombres víctimas de una palabra.


Este-•.es .puntualmente •el caso en
que se hallan nuestras sociedades patri&
ticas. Los amigos predican su inocen-
cia , los enemigos las tienen por crimi-
nales. Mas por ventura ¿han faltado a1
respeto debido á la magestad del trono?
¿atentaron contra la sagrada é inviola-,


Lie persona del Rey ó contra la Consti-
tucion del Estado? ¿ comprometieron la
seguridad de la monarquía, ó provocaron
á la sedicion, ó turbaron la pública tran-
quilidad? ¿han violado en algun caso
el santuario de las leyes, ó mancillado la
fama, honor y reputacion de los mien-
bros de la sociedad , ó atropellado los
derechos de los ciudadanos?


Olvidemos lo que pueden responder
sobre este propósito los apasionados y
amigos para oir el voto de los desafec-
tos, sino enemigos_. El autor del perió-
dico titulado el Censor, que acaso es el
que mas se ha estrellado contra las socie-
dades patrióticas y combatidolas en to-
no y estilo declamatorio, no tanto con
las armas de la razon , cuanto con aci-
namien to de palabras y con la vehe-
mencia de una forense elocucion , dice:
" Estamos muy ajenos de asemejar á los
clubs de Francia ya dejenerados las re-
uniones patrióticas que se han forma-
do en esta capital y en otras varias
ciudades del reyno: sabemos que en el
<Ea están compuestas de personas de
conocida probidad é ilustracion : cree-




T


mos que .en éllas reyna el mejor esph;
ritu y se profesan principios liberales,
moderados , sin mezcla de jacobinismo:
suponemos que no han causado todavía
mal ninguno; y aun concederémos, si.
se quiere , que habrán hecho mucho
bien."


La comision confiesa sínceramen
te, '< que las sociedades patrióticas , e
rigidas por el mas desinteresado pa-
triotismo para sostener la vacilante opi-
nion pública en los dias de mayor cri-
sis , cooperaron á preservar tal vez la
nacion de las reacciones mas ominosas ,
calmando la ansiedad de los leales ,
frenando las maquinaciones de los di-
sidentes , y templando la vehemenci.
de los impetuosos. Y que en los moví
zuientos de oscilacion ejercieron ciert a,
potestad tribunicia, forzando, por de-.
cirio asi, en sus mismas trincheras
las autoridades precarias é interinas p
ra que no se desviasen una sola línea
de la senda constitucional. La comisio
no hará ciertamente- las odiosisima
.comparaciones• del desenredo que tu
vieron en una nacion vecina las jun.


5


tas que habian empezado como el mo-
delo de amor de la patria, y que bla-
sonaban de ser el baluarte de la liber-
bertad. Otra es la circunspeccion, la sen-
satez y cordura del pueblo español. "
Sin embargo, la comision opina que
las sociedades, confederaciones y jun-
tas patrióticas,. no siendo necesarias,
y habiendo dejado de ser convenientes,
deben cesar desde luego con arreglo
á las leyes que prohiben estas corpo-
raciones , y aun añade , que no ve una
necesidad , ni reconoce facultad_ en el
Congreso para erigirlas de nuevo.


En el discurso que precede al pro-
yecto de ley trata la comision de ex-
poner las razones y fundamentos de
su dictámen y opinion. "Ha meditado,
dice, muy detenidamente sobre tan de-
licada materia, tomando en considera-
cion la tendencia del corazon humano,
lo que arroja de sí la historia de las
asociaciones creadas • al parecer por el
celo patriótico ; pero sin la concurren-
cia de la autoridad y las disposiciones
positivas de nuestras leyes no deroga-
das aún, y sobre -todo teniendo siempre




iG


clavados , sus ojos en la letra y espíritu
de la Constitucion política de la mo-
narquía." Reflexiones político-morales,
funestos resultados de las cofradías,
hermandades y federaciones que pre-
sentan á nuestros ojos para eterno es-
carmiento los monumentos de la histo-
ria nacional y las disposiciones legales:
consignadas en nuestros códigos vigen,..
tes : he aquí los argumentos en que
estriba el dictámen de la comision,
que serán el blanco de este exiimen crí:
tico, y el objeto de mis observaciones.


Reflexiones político-morales.
La natural tendencia del corazo


humano á traspasar los limites que le
ha señalado la razon y la ley: la vio
lenta propension y los continuados es
fuerzos que hacen los individuos de la
especie humana por dilatar la esfera
de sus facultades: el fuego de la ju-
ventud , las ciegas y precipitadas pa-
siones, el celo indiscreto y exáltado
amor de la singularidad , el extravío de
la opinion , y en fin la malicia ó Raque.¿


17


za humana ¿no es de temer que este con-
curso de causas produzcan en el día los
:mis mos efectos que han producido siem-
pre en todos los siglos, edades y tiem-
pos


Este argumento extendido con pa-
labras estudiadas , expresiones dudosas
quién sabe, acaso , quizás,. se podría
conjeturar , es de temer , y cláusu-
las que mtítuamente se contradicen y
destruyen , prueba claramente que los
señores de la comision carecian.de datos
seguros , caminaban á ciegas palpando
tinieblas, y que su opinion era vacilan-
te é incierta. Mas prescindiendo de- estas
circunstancias ¿ quién no.ve la debilidad,
ó por mejor decir, la nulidad del argu-
mento propuesto? Todos los sofistas á
falta de razones usaron de Cl en las- ma-
las causas y siempre que se empeñaron
en sostener paradojas. ¿ Qué estableci-
miento, qué institucion de las que exis-,
ten en el inundo político por mas justa,
santa y benéfica que sea,. no se podrá ba-
tir con semejantes armas? Prívese al hom-
bre de su libertad, porque en todos tiem-
pos ahusó de ella ; deróguese la ley pro-


2




1
la libertad de la prensa , por


tectora
que


puede facilitar los crímenes, y con-
vertirse en instrumen to de corrupcion;


dedla sociedad las ciencias;destiérrense
ahuyéntense las luces de la sabiduría, por-


llegó á corromper las cos*que su abuso
tumbres y á preparar la calda de las re-
pliblieas y la ruina de los imperios..


¿y no es este el argumento que una
filosofía seductora, vendida servilmen-los mayores déspotas, visó.te á uno de


el gobierno arbitrario y.para ensalzar
re todas las constituciones


absoluto sobre
liberales, y para deprimir los congresos


de los gubíernos 'mixtos? Los cuerpos re-
pre,sentacistos sdicen, son naturalmente


amas v
iolentos , mas arrebatados, mas


tiránicos que los mayores déspotas. 13-11
congreso obra mas por influjo que por
rellexion, discute sin Orden y delibera
á la aventara• Todas las pasiones se reu-
nen en uria- asamblea numerosa: en ala
se ven los errores del amor propio suce,-
der á la presuncion del orgullo; las dis-
cusiones se prolongan; los debates se con-
vie rte, en tumulto; un feliz hablador
arrebata


1'9


:,tiende á la razon; se olvida la justicia;
se introduce la corrupcion , y fenece la
l ib e r tad. ¿Qué principio por luminoso
que sea, qué verdad , no se podrá obs-
curecer con estos y otros sofismas?


insisten todavía los defensores del
proyecto de ley diciendo: « España tiene
asegurada su libertad con una constitu-.
ciou liberal: sistema compuesto de mas
elementos populares que los do ninguna
de las sociedades libres de Europa, y de
instituciones sábias que establecen todas
las garantías de la libertad política y ci-
vil. ¿Pues qué necesidad hay de apelar á
recursos violentos y extraños para darle
estabilidad y firm.eza 2 Esto sería hacer
una injuria á la Constitucion misma,
considerándola como imperfecta y nece-
sitada de medios supletorios para su con-
servacion. Así que sentado magestuosa-
mente el edilicio de nuestra libertad


y obtenida en c de julio toda la
garantía que es -dado desear en lo huma-
no, la regeneracion política consiguien-
te al nuevo sistema, debió ser obra de
los elementos que ha señalado la Consti-
tadOn s in concurrencia de otro algunolqs votos de la multitud; no se




20


por plausible que pareciese. " El que
crea, añadió uno de los señores de la eo.
mision en la junta extraordinaria del 14,
que la libertad de la imprenta y la res-
ponsabilidad de todo funcionario público
no son suficientes garantías, que vaya á
otro pais á buscar mas libertad , pues en
España no nos da otra la Constitucion,
es la suficiente para todo el que apetece la
verdadera ; ú como dijo con mas gravedad,
circunspeccion y decoro otro respetable'
orador: "la organizacion de las socieda-:.
des europeas ha variado enteramente de
cuatro á cinco siglos á esta parte; y pres-
cindiendo de otras causas que han con-
tribuido á esta mudanza , la imprenta
puede decirse que ha regenerado al gé-
nero humano. Dando movimiento al gran
vehículo de la ilustraciou , ha mudado
na solo la faz literaria del inundo, sino
la política ; y la libertad de usar de este
medio rápido de comunicar el pensa-
miento, alianza su poder benéfico."


•I Ojalá que estas ideas consoladoras
tuviesen toda la certidumbre que apetece'
cen los buenos, y la suficiente energía para
disipar tos temores y tranquilizar los


2 1


Dimos de los que aman la patria! Empero
mis pensamientos son mas tristes y som-
bríos , aunque no me falta la esperanza.
Fluctuando entre las olas de la incerti-
dumbre, y agitado de encontrados afec-
tos, permítaserne hacer esta pregunta : la
ponderada seguridad y firmeza del edifi-
c io de nuestra libertad civil y política y
del sistema constitucional ies verdad 6
ilusion ? ¿un ente real 6 agradable sue-
ño? Nuestra libertad asentada sobre ci-
mientos firmísimos, sostenida por los ele-
mentos de la Constitucion, afianzada con.
el poder henifico de la prensa , después de
haber obtenido toda la garantía que es
dado en lo humano, feneció en el año 14,
en que colgadas armas y esperanzas nos
liemos entregado á llorar la pérdida de
nuestra amada prenda.


¿Y cuál varon prudente y experi-
mentado se comprometerá á garantimos
de otro semejante revés. y desastre , 6
asegurar que no se repetirá en nuestros
dias aquella escena tan trágica ? No nos
engañemos , Señor , no nos engañemos:
imprudencia sería , y aun temeridad,
dormirnos en el regazo de la esperanza




2.2


rodeados de enemigos y de inminentes
peligros. Si la nave del estado combati-
da por las olas del proceloso mar se ha
salvado como por milagro del naufra-
gio , .reparada de sus averías , einpren
de hoy nuevo y dilitado viaje, sumamew.
te arriesgado , .y no menos expuesto á
iguales ó mayores tormentas que el pa-
sado. Si triunfa de las tempestades , si
vence los escollos y vajíos, si no sucum-
be á la furia de los vientos , tiene que
emprender una nueva lucha, ora con
diestros y vigilantes piratas que la ace-
chan para apresarla y robar nuestros
tesoros, ora con enemigos poderosos apos-
tados para no dejarla arribar al desea-
do puerto.


Mas conviene hablar francamente sin
metáforas ni rodeos. Nuestra libertad,
naciente crece y se va robusteciendo ba-
jo los auspicios de un Príncipe justo y
benéfico que la ama , y de un gobierno
sábio que la proteje. Sin embargo , es
todavía muy cierto que marcha rodeada 1
de un ejército de esclavos prontos á sa--:
crificarla en su misma cuna. El sistema
constitucional en el tierno y delicado


25


estado en que se 11 (711 a , camina
te ,


lenta-
mente y es difícil que llegue á consoli-
darse


adquirir de pronto aquel grado
d y firmeza que apetecemos. Por-:' ievigor)r
qu e baila resistencia y la mas tenaz opo-
sido:1 en altas y encumbradas personas
del estado , en varias de sus clases y
gerarquías, en corporaciones respetables
y poderosas por sus riquezas , por sus
recursos y por su opinion; en gran mi-
mero de descontentos y agraviados , en
tantos malévolos y enemigos del órden
por sistema , por interes , por capricho,
por opinion , por ignorancia , por fana-
tismo; enemigos ocultos, y por lo mismo
mas ominosos y formidables, que disfra-
zados con el velo de amistad estan pron-
tos á declar la guerra en tiempo oportu-
no y favorable. Sus pasiones irritadas con'
las importantes reformas , dictadas por
la sabiduría del Congreso , resucitarán
si les acude tiempo bonancible esas amor-
tiguadas pavesas, restos del incendio pa-
sado : inflamando el fuego eléctrico de
nuestra atmósfera, provocarán una horri-
ble tempestad para hacernos vict*nC-41e--
sus rayos.




a 4
Para salvar la patria en 'medio de


estas tormentas políticas es necesario re-
doblar la vigilancia , aprovechar todos
los medios y auxilios por extraños que
parezcan , multiplicar los recursos , y
aplicar á esta grande obra los brazos ro-
bustos y las manos sábias que tanto con-
tribuyeron en otra ocasion á conservar-
la y sostenerla : mérito que reconocie-
ron en las sociedades patrióticas hasta
sus mismos enemigos ; y que ofrece la
mas firme garantía de que continuarán
luchando con las armas en la mano en
defensa de la libertad y sacrosantos de-
rechos del ciudadano y del sistema cons-
titucional hasta abatir y postrar sus ad-
versarios y haciendo guerra abierta al
fanatismo , á la supersticion y á la igno-
rancia : mal gravísimo , enfermedad pe-
ligrosa y casi incurable, origen de nues-
tras pasadas desgracias y de las que to-
davía amenazan :i la presente generacion
y á. toda la posteridad.


La libertad civil es compañera inse-
parable de la sabiduría : con ella vive
y se mantiene, así corno el despotismo
con la ignorancia: si éste se guarece en


r-2 J


las tinieblas , aquélla nunca fija su do-
micilio sino en países ilustrados. No son
mas opuestos la luz y las tinieblas , que
la libertad y la ignorancia. La del pue-
blo español habia llegado hasta el pun-
to de confundirse con la estupidez y la
barbar ie. Yacía en un profundo olvido
de


sus prerogativas , de su dignidad y
de sus derechos : sin las primeras nocio-
nes de libertad civil y política: sin ideas
de constitucion , de leyes fundamentales
ni de Córtes ; nombres para él extraños,
exóticos y totalmente desconocidos. De
tal manera babia llegado á degradarse,
que habituado al yugo y avezado á las
cadenas, las amaba , se creía feliz y
hacia mérito de ser esclavo : ni le -in-
quietaba el temor de perder su indepen-
dencia , ni le acometia el deseo de recu-
perar su libertad.


Y aunque de poco tiempo á esta par-
te algunos varones amantes de las letras
se dedicaron, no sin peligro , al estudio
de la filosofía, de la política y de la mo-
ral pública, y una porcion considerable
de la monarquía se halla ya iniciada en
los misterios de esta divina ciencia; con




9.


todo eso es tan débil y escasa la luz (lile
al presente resplandece entre nosotros,
que no puede disipar los nublados que
obscurecen nuestro horizonte : atín pre
ponderan los errores , prevalecen las in-
fundadas opiniones y viejas preocupacio-
nes : la verdad gime todavía oprimida,
y halla resistencia y oposicion así de pár.-
te del pueblo como de muchos miembros
distinguidos de la sociedad, que por ra-
zon de su -oficio , carrera , profesion y
estado debieran abrigarla , protejerla y
propagarla. ¿Cuánto han tenido que de-
batir , y aún dura esta lucha , algunos
varones ilustrados para establecer cier-
tas proposiciones que la razon , la nece-
sidad y la salud pública obligaban á re-
cibir unánimemente y en general con-.
cordia como otros tantos axiomas y prin
cipios incontestables ?


Padres de la patria : deseais conso-
lidar el inagestuoso edificio de nuestra
regeneracion , y que eche ondas raices,
prospere y florezca el árbol de la liber-.
tad ?- pues proteged las sociedades pa
tridticas; Ninguna institucion mas opor-•
tuna en las circunstancias en que nos


27


hallamos , ninguna .mas eficaz para alla-
nar los caminos, remover los obstáculos,
prepara r los espíritus , disipar los nu-
blados, difundir las luces y lijar la opi_
nion pública sobre las primeras verda-
des en que se apoyan los derechos del
hombre social , y la justicia de nuestra
libertad. ¿Nos lisonjearemos poder ase-
gurar la cosecha de estos frutos tan sa-
ludables y benéficos con el arte mágico
xle la imprenta


Temeridad sería que yo me empea-
sp en desacreditar esta invencion prodi-
giosa, de quien se dice con encarecimien-
to que ha regenerado la especie huma-
na y mudado la faz política del uni-
verso , ti en resolver la cuestion sobre la
preponderancia de los bienes y males que
ha producido , ó si fue mas perjudi-
cial que útil á


• la sociedad. Pero me atre-
vo á afirmar que este arte perdió toda
su magia respecto de nosotros , siendo
así que tí poco de haberse conocido en
España , la nacion tambien perdió su
libertad y fue desde entonces camina n
do , en razon inversa de todas las socie-
dades europeas, de error en error hasta




28


perderse en el callos que nos represen-
ta la historia política ¿le los últimos siglos.


Y qué frutos se puede prometer de
la sábia ley de la libertad de la prens
la gran masa de la nacion española, qu.
ignora los primeros elementos de la ci
vilizacion y cultura , que no sabe t
daría leer ni escribir? Esta considerabl
porcion de ciudadanos , que forma acaS
la principal fuerza física del Estado , e
temible sino se les inspira la fuerza mo-
ral y de opinion. Y no es posible -prc:--
porcionarles este beneficio sino por el mi-
nisterio de la palabra. Solas las socieda-
des patrióticas con sus sermones edifi-
cantes y con sus vivos 'y animados dis-
cursos son capaces de hacerse entender,
cual conviene, de las gentes sencillas.
de facilitar la ilustracion general de qu
tanto necesitan los pueblos. Cuando el..
clamor de la verdad, y la temerosa vol
de la censura pública resuelle en todos
los términos de la tierra , entonces es
cuando permanecerá inalterable la vigo-
rosa fuerza de las leyes, temblará la au-•
toridad, y enmudecerá la maledicencia:
y biea.se puede asegurar que hemos ca-


2 9


^tt ínaclo con pasos rápidos ácia el resta-
blecimiento del órden social y de nues-
tro benéfico sistema,


Mas todavía los oradores, perseveran-
do en su opinion, apelan á otros varios
argumentos para sostenerla: 1. 0


"El go-
bierno ama la libertad , no teme la cen-
sura ; pero no quisiera que la inconsi-
derada libertad de censurar á sus agen-
tes y funcionarios públicos , que un con-
tinuo ataque á. sus acciones mas inocen
tes los disgustase del servicio público y
añadiendo una nueva carga á la terrible
responsabilidad que tienen ante la ley,
les hiciera insoportable el ejercicio de
sus cargos."


Pero todo magistrado y funcionario
público , resuelto voluntariamente á to-
"liar la senda que le lea designado la ley,
y á emprender tan penosa y dilatada ca-
rrera , bien lejos de incomodarse con las
centinelas apostadas de distancia en dis-
tancia para cubrir el camino , no ve en
éllas sino motivos de confianza y otros
tantos auxilios para no extraviarse del
blanco á que se dirijc. Los primeros agen-
tes del gobierno, que por sus virtudes y




So


relevantes servicios se han hecho .dig
nos de la confianza del Rey, ¿le las Cór
tes y de todos los pueblos , pueden 'des
cansar seguros sobre la opinion general
y no recelarse ni temer injustas recori
venciones ni inconsideradas censuras. S
las hubiese , el varon justo se compade•
ce de las flaquezas humanas , y despre
cia los tiros de la malignidad y los ex
travíos del celo indiscreto.
. Nuestros ministros , mártires poc
tiempo há de la libertad, con igual for
taleza lo serán ahora de las circunstan
cias presentes ; y no es creible que s ei
incomoden con las lecciones y saludable
advertencias de la censura pública; prin
cipal elemento de los gobiernos libres
y de nuestra Constitucion ; ley sancio
nada en beneficio general de la socieda
y que nunca puede sacrificarse al gust
y comodidad de ningun individuo. Y ti
exceptuaria con gran placer y satisfac
don á nuestros celosísimos ministros d
rigor de esta ley, y quisiera que tod
pagásemos este tributo á su patriotism
y extraordinario mérito, Digo que con,
sentirla en otorgarles este prdvilcgio


51


fueran eternos , ó si nos pudieran dar
suficiente garantía de que sus sucesores
en el ministerio serán tainbien imitado-
res de sus virtudes.


((El gobierno desea vivamente
que se difunda la ilustracion entre todas
las clases pero teme que hablándose
continuamente al pueblo de abusos del
poder y de excesos de las autoridades,
en vez de darle una ensejianza útil, se
trabaja quizá sin advertirlo en desmo-
ralizarle." Respondo que este argumen-
to pierde mucho de su fuerza por la in-
certidumbre y perplejidad con que se
propone : se trabaja quizá sin advertir-
lo, ¿Quién ha dudado jamas que el res-
plandor que ilumina la muchedumbre
podrá serle mas perjudicial que las ti-
nieblas ? La prudencia dicta que no es
justo ni conveniente sacrificar mil ven-
tajas reales á un inconveniente imagina-
rio á de ninguna -consecuencia. Las re-
petidas lecciones que nos han dado los
sábios acerca de los abusos del poder y
<le la autoridad , no son las que cam-
biaron el sistema político y moral del
-universo? Sin estas luces hubiéramos ya-




52


cido eternamente en la esclavitud , sin
pensar jamas en levantar los ojos ácia>
nuestra libertad• ¿Y no sería una con--
secuencia necesaria del' propuesto argu-
mento , si tiene alguna fuerza la abo-,
licion de la ley de la libertad de 11.
prensa?.. ¿Qué males no ha producidO.
desde su pu blicacion basta ahora? Si di
rápido muy imiento al vehículo de .1
ilustracion , no fue menor el impulso qu
comucicó al de la ignorancia, del erro
y de la corrupcion. Bien claro es TI'
hablo de esos papeles incendiarios , de
esos folletos sacrílegos , de esos periódi-
cos subversivo s y escandalosos; parto re,
yesal) del desenfreno de las mas fogo-,
sas •


pasiones de hombres inmorales y
sin pudor , que osaron profanar cuanto
}sabia de mas sagrado en la sociedad.


5.0 u La ilustaracion es un huido
benéfico que debe esparcirse con mucha
suavidad y economía , pues de lo . con-


trario podria convertirs e en un gas volcó
nico que causase 'mucho dalo. El e3t'
mago intelectual del pueblo no está acos-
tumbrado á todo género de manjares, y
sería muy peligroso manifestarle de gol-


55


pe ciertas ideas que no' pudiendo com--
binarias , abusaria de éllas." Este ar-
gumento adolece de los mismos achaques
qu e los precedentes , y se puede hacer
us o de él contra la libertad- de la pren-
sa. El espíritu 'dé su doctrina es á mi
j uicio anti-constitucional , y muy apeno
de las luces del siglo. Cuán difícil es
al hombre desprenderse de las ideas v
preocupaciones de la juventud! Habien-
do pasado la mejor parte dé nuestra vi.
da bajo el anterior gobierno arbitrario,
algunas veces como por un movimiento
natural eructamos sus máximas.


La de poner tasa y límites al saber,
y fijar reglas- de economía en la enseiían.
za pública , fue un pretexto de los go-
biernos despóticos para ejercer un im-
perio absoluto sobre los pensamientos y
opiniones de los hombres. Tímidos y co-
bardes opusieron mil obstáculos al des-
cubrimiento de la verdad : interceptaron
todos los caminos y comunicaciones de
la luz , y ensanchando el espacio de las
tinieblas , privaron al pueblo de todos
los medios de ilustrarse imposibilitán-
dole de pensar en el cobro de sus inte-


5




;4


reses, Vienés y derechos, • y Menos eh re-.
clamarlos. Para conservar la salud in-
telectual de los súbditos sujetáron los á
tan rigulrosa dieta, que privándoles has-
ta de los alimentos mas necesarios, los


redujeron á una mortal languidez
. ¿ Con


cuánto furor no persiguieron á los va-
rones sábios, médicos del alma y maes-
tros de la vida humana? ¿Cuán injusta-
mente reprobaron sus doctrinas? El vano
temor canonizó de sacrílega la libertad
de la prensa. ¿Qué libro útil dejó de ser
prohibido? ¿Y en nuestros dias no Sé


proscribieron ala cátedra de derecho natu-
ral-y de gentes , las academias de juris-
prudencia y derecho público, y


los perió,
dicos que en beneficio de la comun ilustra-
cion habían comenzado á divulgarse en la
córte? El gobierno no autorizó ni quiso per-
mitlr otro vehículo del saber que el
moso


diario de Madrid de pérdidas y


hallazgos. Todo esto con el loable obje-
to de que el fluido beneficio de la ilus-
tracion no se convirtiese en un gas vol
clínico capaz de arruinar los pueblos,


«La nacion española es , por de
ciclo. así T}eótita en la carrera de la li


33


bertad.'El ente moral español se i•csielyz
te de ciertos hábitos de la arbitrariedad
en que trescientos años de final gobier
no le han- constituido , y nos hallamos
todavía en una situacion poco á propósi-
to para usar de la libertad con la ino,,
deracion que otras naciones." Este ar-
gumento, que se puede tam.bien asestar
contra la ley de la libertad de la prensa,-
no convence lo que por él se intenta
probar, sino todo lo contrario : los espa-
ñoles neófitos en la carrera de la liber-
tad hocicarán en ella , tropezarán á cada
paso, si celosos y sábios pedagogos • no
los conducen por la nueva senda sin de-
jarlos jamas de la mano. ¿ Cuánto haii"
influido en este santo propósito nuestras
sociedades patrióticas ? « Reconozco, 'di-
jo bellisimamente uno de los señores di-
putados en la sesion del 4 de setiembre,
reconozco la utilidad é importancia de
estas asociaciones , porque veo que in el
estarlo actual de ignoranciw, fruto,


des-
graciado de tres siglos de arbitrariedad
y despotismo, es necesario que los hom-
bres ilustrados, cual son en gran parte
los que componen estas reuniones , va-




56
yan allanando la senda á las reformas,
destruyendo las preocupaciones, y-rectifi-
cando la opinion, que es el mayor apoyo'
de las leyes. Reducidas las asociaciones
al útil objeto de rectificar la opinion,
este poder supletorio que alcanza mas
que las mismas leyesb , no pueden menos
de ser aprobadas ybendecidas por todos
los amantes de la libertad." Basta, Se-
ñor ; no es justo abusar de vuestra pa-
ciencia. La circunspeccion y el respeto me
estrechan á. pasar al exámen del segando
género de argumentos , que á mi juicio
es todavía de peor metal que el primero.


Funestas consecuencias y resulta-
dos de algunas hermandades y fe-


deraciones , segun resulta
de nuestra historia.


La comision des-pues de haber indi-
cado los desastres y calamidades consi-
guientes á las tumultuarias asociaciones
de una nacion vecina con protesta no.
tan sencilla como misteriosa , de que no
era su ánimo hacer odiosisimas, y bien


37


pudiera añadir injustísimas, comparacio-
nes entre aquéllas y las que hoy existen
en España, Concluye diciendo : "que no
puede olvidar ni debe pasar en silenció
los sucesos domésticos."


Yo me prometia de la erudicion y
conocimientos históricos de los indivi-
duos de la comision, que en desempeño
del plan propuesto al principio del dis-
curso tratarian de ilustrarnos, ponien-
do ante ; .nuestros ojos -ejemplos análogos
y acomodados á las presentes circunstan-
cias ; analizar lo (pe arroja de sí la
historia de las asociaciones creadas por
el celo patriótico , dando principio por
el nacimiento, desarrollo término y re-
sultados de aquellas corporaciones. Pero
quedaron frustradas -mis esperanzas al
ver que sus investigaciones se ciñen á
tres ó cuatro casos históricos no bien al-
jeridos y peor aplicados-: sucesos comu-
nes polYdesgracia en la historia de las
revoluciones políticas ,de todos los go-
biernos y estados ; los cuales, correspon-
diendo por su naturaleza kla clase de
facciones criminales, fio merecen el nom-
bre -de asociaciones creadas por el cela




58


pcitridtico , ni se parecibt en nada á las
'que hoy examinamos.


Dicen los señores diputados : u el celo
por la conservacion de antiguas fran-
quezas ah; origen á la liga de Lerma en
los Bias de don Alonso el Sábio cuyos
tristes resultados experimentó y -descri-
bió él mismo en el libro de las- qUeréllas."
-


En este pasage hay dos equivocacio-
nes : en decir que la liga de: Lerma
fue efecto del celo por la conservacion
de antiguas franquezas; porque los con-
federados .se- -concordaron y juramenta-
ron de ser todos en un consejo contra
el Rey, y :para promover no los intere.
ses de la nacion y del reyno sino •los
suyos•-propios. Fue pues esta coligacion
Contraria á la causa pública . ), álá tran-
quilidad del estado , y debe calificarse
de, sediciosa y de un atentado- contra
las leyes fundamentales de la monarquía.


2. a En asegurar que don Alonso el
Sábio describid ! dós ,-tristes resultados de
aquella conspiracicin en su libro de las
querellas ; siendo cierto que - las quejas
del monarca manifestadas Mi esta obra
poética tienen por objeto expresar . en


39


triste canto.la humillacion y abatimien-.
to á que le habla reducido la inobediexi=
cia y rebelion de su hijo don Sancho, y
la .deslealtad de sus mas favorecidos va-
sallos y deudos que habian tomado par:.
tido en esta conspiracion. •


Segundo caso. "Para el sosten de
la pública libertad, dicen los señores di-
putados , creóséla junta de 1.5 --desee-
tiembre de 146:4, cuyo trágico fin -se
dejó ver en Avila al siguiente: año y
solo pudo conjurarse otorgando exk-
bitantes donadíos á los coligados, segun
respondió alreyno Enrique IV en la peti-
cion 4. a


de las córtes de °caí:la-de- 1469.")
Empero esta asociacion ni fue creada


legalmente, ni merece el nombre de her-
mandad , ni tiene semejanza alguna con
las que segun fuero y costumbres de Cas-
tilla se organizaron en diferentes épocas:
fue sí efecto . de-parcialidad , y una fac--
cion. de los grandes contra el Rey Enri=-
que IV y á favor de su hermano el In:-
l'ante don Alonso;. los cuales con deseo
verdadero ó aparente de proveer á las
necesidades públicas se juntaron en Ye:-
pes en el. año de t 457 para -aeonlejar




4 /


córtes como nocivo al Estado é injurio-
so al Rey."


El fuero y derecho conocido con el.
nombre de la Union, que no sé con qué
motivo ni á qué fin se alega en el dis-
curso , rosnprendia varios privilegios
exórbitantes , que con cierto género de
violencia otorgó para evitar mayores ma-
les el Rey don Alonso III á los facciosos
de Aragon en el año de :288 en discor-
dia de los grandes y contradiciéndolo la
mayor parte : privilegios que no se con-
cedieron en córtes como se requería por
ley constitucional ; privilegios que pro-
dujeron violentos torbellinos , convul-
siones peligrosas, y todos los males de la
anarquía ; por lo' cual el Rey don Pe-
dro IV los abolió efectivamente á peti-
cion del reyno en las córtes Je Zaragoza
de 1548 con aplauso general de los ara-
goneses. Me abstendré de hacer observa-
ciones sobre estos sucesos históricos por
no molestar la atencion del Congreso,:
cuya sabiduría no se puede Ocultar la
infinita distancia que hay entre estas
juntas tumultuarias y nuestras socieda-
des patrióticas , y cuán ageno sería de


44


al Rey téatase de correjii•
sb.. conducta,


y de poner remedio en los desórdenes y


gravísimos males del Estado.
Para llevar adelante y realizar sus'


ideas ambiciosas , continuaron celebran-
do varias juntas hasta el año de 1464.,
Es muy señalada la de Burgos de este
mismo año , en la cual escribieron á las
principales ciudades del reyno con el
fin de atraerlas á su partido, acreditar


su opinion y justificar el proyecto -que
habian meditado de destronar al Rey
don Enrique , como lo ejecutaron en la
junta de Avila en el siguiente año do46 5 : acto violento , escandaloso, ilegal
en que no tuvo influjo ni parte alguna
la nacion , ni se mezcló en las delibera-
ciones de aquel congreso.


Tercer caso. "En Aragon , dicen los
-señores diputados, los ricos hombres, hi-
dalgos é infanzon es , jurándose inútna
_fidelidad, so color de mantener su cons-
titucion , atacaron mas de una vez el
trono constitucional dictando leyes y
usando de sello particular : derecho
noso que abolió el Rey don Pedro IV en
1547 de acuerdo y en presencia de las




una buena lógica proponer un término
de comparacion entre únas y ótras.


La comision , siguiendo su. buen pro-
pósito , no omitió indicar la existencia
de las célebres sociedades patrióticas ó
hermandades- de los reynos de Leían y
Castilla institucion que por espacio de
muchos siglos fue considerada como par
te integrante del sistema constitucional
de la monarquía , y como baluarte del
trono , de la tranquilidad pública y de
la libertad de los ciudadanos. Pero es'
muy de admirar asi el extraordinario
y misterioso laconismo con que han ha-
blado de estas sociedades , copio su polí-
tica en mezclarlas y confundirlas con
las juntas revolucionarias de Lerma ,
Búrgos , Avila y Union aragonesa ; oraite
tiendo con particular estudio las venta-
jas y saludables efectos de las :primeras,
cuyo fin parece que no pudo ser otro
que desacreditadas y eludir de este mo-
do la fueria del argumento que agité.-
llas presentan en apoyo y juStificacion
de nuestras federaciones patrióticas ; á
no ser que los señores de la comision
hayan dudado de la existencia política


cle aquellas antiguas asociaciones, segun
lo . manifestó uno de ellos en la sesion del
4 de setiembre., diciendo


"El Congreso no perderá de vista
jainas:.que la Constitucion de: nuestra
monarquía ; en cuyo pacífico goce nos
hallamos , sienta como base en su pró-
logo no haber hecho reas que: renovar
las antiguas libertades de Castilla, Ara-.
gon ,• Navarra &c. , con aquellas modifi-
caciones ó adiciones ,que reclamaba im-
periosamente el actual estado de las lu-
ces; y recordando todas las actas inédi-
tas de las córtes de Castilla y de Lean,
cuya preciosa coleccion tuve la oportu-
nidad de leer y extractar • en 18o2 ; re-
cordando los fueros de. las restantes pro-
vincias de la .monarquía que andan im-
presos , no conservo memoria de haber
encontrado el Menor vestigio de• otros
cuerpos políticos para el sosten ¿le la li-
bertad civil que las córtes mismas..: Por
el contrario legislacion castellana y
otras mas privilegiadas , en los Bias fe-
lices de su fiel observancia adoptaron to-
das • aquel axioma político de los roma-
nos sobre cuerpos ó. colegios, que no ..re-




4 4


conoce como tales los que no se hallad
constituidos por la competente superior
autoridad... prohibiendo cofradías , her'
mantlades &c."


Señor : para rectificar las equivoca-
das ideas de la comision , prevenir el
juicio de los literatos, y preparar el ca-
mino á los que han de sentenciar esta
causa, conviene mucho y aun es necesa-
rio esclarecer este punto enlazado esen-
cialmente con el que hoy llama nuestra
atención , y que es de grande importan-
cia y . no de menor consecuencia en la
historia de los debates y guerras entre
la esclavitud y la libertad. Espero del
patriotismo de todos los miembros del
Congreso que no les será desagradable
ni molesto , antes sí placentero y gus-
toso fijar la vista y la consideracion
en el cuadro que voy á trazar , redu-
ciéndolo á la menor dimension posible, en
que se representa el orígen, naturaleza,
organizacion, progresos y operaciones de
las hermandades de Castilla, y los. tér-
minos de contacto y comparacion , rela-
ciones, diferencias y anomalías de aqué..
Ras con nuestras sociedades patrióticas


El orígen de las hermandades
.
de.


Castilla es de la mas remota antigiiedad;
y no es fácil determinar á punto fijo el
principio de su existencia ; pero es cierto
que ya estaban organizadas en el siglo
duodécimo , y que continuaron casi sin
in terrupción hasta el año de z 5 20 ,
que el Emperador y Rey Cárlos I, no con.
la razon sino con la fuerza de las armas,
abolió tan santa y útil institucion.


Debió su nacimiento no á concesio-
nes , gracias y privilegios Reales sino á
contratas y pactos solemnes jurados en-
tre los monarcas y los pueblos, (.5, por
mejor decir, al derecho de naturaleza y
al poderío que reside esencialmente en
todo pueblo para procurar su conserva-
cion, y precaver su ruina, y la de sus
derechos y libertades. Así que estas jun-
tas no se celebraron á consecuencia de
órdenes y disposiciones del gobierno, sino
que los pueblos libre y 'espontáneamente
por un efecto de patriotismo y de.celo
por el bien general trataron, exijéndolo
imperiosamente las necesidades públicas,
de reunir sus miembros, voluntades y
fuerzas para mejorar el estado de Ta cosa




46
pública, promover los intereses del rey-
no, asegurar los derechos de la comuni-
dad y del ciudadano, y poner en salvo
las libertades nacionales contra las ir-
rupciones del gobierno y contra la opre-
sien y violencia de los poderosos.


He aquí el santo propósito y blan-
co de las célebres hermandades de Val--;
ladolid de 1282, de Búrgos y Vallado-
lid en .1 2 05, de Búrgos, Cucllar y Car-
l'ion desde 1515 , á 151 7 de Tordesil-
las y Medina del Campo en 1465, de
Castronuño y Cantalapiedra en 1467 ,


.de Villacastin en 1475 , de Ávila y `for.:
desillas en 15 2o.


Las causas que principalmente influ
yeron en semejantes reuniones se pueden
reducir á dos , ó al despotismo y opresi-
vo y desconcertado gobierno de los Prín-
cipes, ó á las turbulencias y convulsio-
nes políticas que en diferentes ocasiones
expusieron cl reyno á su total disolu-
cion, y en que, confundidos todos los
derechos y enervada la fuerza de las le.;
yes , peligraba la vida y la propiedad
del ciudadano. Los vocales de la her-
mandad celebraban frecuentemente sus


47
juntas ora ordinarias, ora extr'aordina-'
rias en los lugares y tiempos conveni-
dos para tomar oportunas providencias
gubernativas , económicas y militares,
velar incesantemente sobre la obser-
vancia de las leyes y ordenanzas de la
confederacion que éllos hablan forma-
do de comun acuerdo , y para delibe-
rar sobre los puntos mas interesantes


. á
la prosperidad del Estado-y á la ¿le cada
uno en particular.


Lo primero que hicieron los mien-,
bros de la hermandad despees de baber-
se reunido oportunamente al tiempo
aplazado y en el sitio convenido, fue es-
tender una escritura de confederacion y
de seguridad comun comprensiva de los
capítulos de reforma, en cuya custodia
3,, tóbservancia se debian todos ocupar,
eii)pleando para esto sus recursos, talen
tos y autoridad hasta proceder, si fuese
necesario , con la fuerza armada contra
los transgresores, y se otorgaban cartas
selladas con el sello de la hermandad
todos los que quisiesen alistarse ó incor-
porarse en élla; y les hacia pleyto ho-
menagc concebido (In estos terrainos




48


!'Que vos ayudemos contra el Rey ,
contra don Sancho é contra todos los Re-
yes que despees dellos vinieren, é con-
tra todos los otros que vos pasaren ó vos
quisieren pasar contra estas cosas sobre-
dichas tí contra alguna dellas , <S contra
las posturas que son puestas por nos
é por vos en la hermandad."


Estas asociaciones desplegaban su
poderío y autoridad primeramente li-
ieindo cartas para todos los concejos,
alfoces , corporaciones alcaldes, merinos
mayores , magistrados y cualquier clase
de personas , sin exceptuar la del mo-
narca. Todos debian respetarlas por el
hecho solo de ir marcadas con los sellos
de la hermandad. Segundo : hacer leyes
y ordenanzas para la buena administra-
cion de justicia y conservacion del ¿r-
den y sosiego público.. Tercero: podían
suspender la ejecucion de las sentencias
civiles y criminales dadas injustamente
por los magistrados, requerirlos para
que emendasen el yerro cometido ; y en
el caso de no hacerlo, avocar á sí el ne-
gocio para terminarle segun fuero y
derecho, Ultimamente la autoridad de


49
las hermandades se es.tendia hasta pro-
ceder contra los jueces , merinos reales
y oficiales de justicia indolentes y des-
cuidados.en administrarla , en cuyo ca-
so los pueblos confederados se la toma-
ban por su mano en conformidad á los
capítulos, leyes y ordenanzas de la con-
federacion. He aquí los medios de que
se valió el pueblo español en diferentes
épocas y en los tiempos mas calamitosos
de la república para salvar la patria,
y hacerse respetar de los déspotas y
de los opresores de la libertad nacional,
sin chocar directa ni indirectamen te con
la sagrada persona del Príncipe. La
hermandad, respondiendo en todos tiem-
pos á la esperanza de los buenos y al
noble fin de su institucion , es á quien.
se debe la conservacion del trono y del
sistema constitucional, así como la li-
bertad y derechos del ciudadano.


Aunque algunos Reyes de Castilla
miraron con desagrado este género de
asociaciones, porque su orgullo y despo-
tismo se las representaba como Indecorá-
sas á la magestad y depresivas de la realj u risdiccion, con todo eso, d bien por


4




I


que se hubiesen convencido de las sanas
y rectas intenciones de los pueblos y dela justicia de su causa, ó por no poder
resistir á sus generosos esfuerzos sin com-
prometer su honor , ó sin ex.ponerse á los
peligros de una revolucio n , y acaso á
perder su existenciapolítica, tuvieron
que contemporizar, ceder y aun apro-
bar y confirmar las actas , capitulo& y


leyes de las hermandades.
Este breve análisis de la historia de


las hermandades de Castilla ofrece á los
genios filósofos , á los literatos y á los
patriotas ilustrados espacioso y dilatado
campo para ejercitar sus talentos en ra-
zonamientos provechosos , y en medita-
ciones muy sérias y no menos importan-
tes por sus resultados y consecuencias.


La primera que ocurre á todo hom-
bre que piensa es cuan inoportunam en


-te, sin causa ñi razón, se mezclaron y


confundieron las antiguas hermandades
con las federaciones inquietas y tarbu,


lentas , y con las juntas y ligas for-
marlas contra el tenor de las leyes por
los facciosos y enemigos del &den


y


tranquilidad del Estado.


Segunda que habiendo recobrado
felizmente en estos dias muestra libertad
primitiva , y visto restablecida la Coas-
titucion política de la monarquía espa-


análoga á la antigua, y asentada
sobre sus mismas bases , es demasiada
delicadeza por no decir contradicion é
injusticia , reconocido el mérito de las
antiguas sociedades, tratar de hacer odio-
sas las nuestras, de entorpecer sus cona-
tos, de poner trabas á su libertad y aun
destruirlas para siempre.


Tercera: aunque otro era el poder,
autorid ad , organizacion , procedimientos,
medios y recursos de las primitivas her-
mandades, todavía convenían en muchas
cosas con las nuestras. Idéntico fue el
principio creador de tinas y dtras, á sa-
ber, el patriotismo , el celo por la conser-
vacion del sistema constitucional y de
los derechos del ciudadano. Idéntico fue
tainbien su objeto, el mismo; su fin, sal-
var la patria , luchando con los malévo-
los y enemigos del 6rden social. ¿ Pero
cuán diferentes las operacioes , los re-
cursos y los medios de conseguir el fin?
Aquellas ejercian una ríjida autoridad


1




32


tribunicia capaz de intimidar y conte-
ner á los criminales, y caminaba con pa-
sos seguros ácia su término propuesto,
armados con la fuerza de . las leyes y de
las armas. Las nuestras, sin representa-
cion política ni fuerza coactiva ni otras
leyes que las convencionales•, dictadas
por la fraternidad y amistad, se diri-
gian ácia su blanco y propósito solo por;
medio de la persuasion del consejo ,
la censura y del imperio de la opinion ,
y como dicen los señores diputados en su.
discurso, las sociedades ó federaciones pa-
trióticas se encaminan únicamente á di-
fundir las luces, á rectificar la opinion
y á desplegar por los medios legales el
derecho de peticion que concede á todo
espolio' la ley fundamental del Estado .•
¿Hay en esto alguna cosa digna de re-
prension , ó que pueda inducir á justos
recelos temores y sobresaltos? .


Se ha dicho sin embargo " que la
aplicacion de las antiguas hermandades
de Castilla al caso presente es poco exac-
ta., y no mas justa la pretension de le-
gitimar y dar importancia á nuestras so-
ciedades patrióticas con el ejemplo de


JJ


aquellas anticuadas federaciones . Por
ótrós principios se ha de resolver esta
.ettestion , y no por recuerdos históricos,
argumentos estériles y de ningun pro-
yeello en la presente controversia."


Yo respeto y venero las ilustres per-
:sonar que han manifestado estas ideas;j. mias son muy. diferentes , y• dudo si
por ventura ',podrán contar con un solo
sabio en apoyo de su opinion. La ciencia
política ¿ es mas' que una lógica fundada
en la experiencia, en hechos


•recuerdos
históricos, una combinacion de pasages
y ejemplos que nos representan los a-
nales del, mundo civilizado? Los- filóso-
fos y profesores de esta ciencia no son
los que la han creado; tan solamente nos
dieron los resultados de los acaecimien-
tos mas notables de las diferentes socie-
dades , despues de haber examinado sus
constituciones, leves, y establecimientos
con sus ventajas y defectos, y los prin-
cipios que mas han influido en la ruina
y destruccion , ó en el engrandecimiento
y prosperidad de los imperios.


Cuando se trata de los principios ele-
mentales de una buena COnstitucion , y de




J.}.
los' medíos de consolidarla despues de
establecida, y de asegurar su duración ;
los recuerdos históricos son mas prove-
chosos y eficaces que los razonamientos
abstractos, y que todas las delicadezas
de la metafísica. Los ejemplos de nues-
tros mayores; que la generacion presente
mira con religioso acatamiento obran
en nosotros con mas suavidad y eficacia.
que todas las lecciones de la sabiduría:-.
Por eso lid recordado la institucion de
las antiguas federaciones de Castilla : en
estos escombros y vestigios del antiguo
edificio político podrá la nacion conocer
lo que fije y lo que debe ser , y tomar
de allí lo útil y conveniente , y desechar
lo perjudicial.


Nuestras sociedades patrióticas no
pueden ser contadas entre los remedios
preternaturales y violentos , porque e-
manan como las antiguas de los prin-
cipios esenciales del sistema constitucio-
nal , y del derecho de resistencia que
otorga la naturaleza á todo viviente pa-
ra su conservación . Si las instituciones
de Castilla fueron defectuosas, no creo
que las nuestras sean tan acabadas , que


nos podamos lisonjear haber llegado al
punto de perfeccion. Dificil seria, y aun
imposible , hacer un exacto juicio com..
parativo entre -tinas y átras. 'Mas toda-
vía nada aventuraríamos en asegurar
que la antigua constitucion fue mas li-
beral que la nuestra , y que los españo-
les supieron darle consistencia y estabi-
lidad . Un sistema que se ha perpetuado
por espacio de cuatro siglos sin altera-.
cion considerable en sus principales ele-
mentos, no pudo ser tan imperfecto y
defectuoso como se intenta probar. Los
cuerpos viciosamente organizados desfa-
llecen y enferman las obras mal cons-
truidas amenazan ruina , y se desplo-
man los edificios no bien 'cimentados. Si
el abuso del poder si el despotismo ar-,
orado con el hierro y el fuego no hu-
biera sofocado el ardimiento y energía
de los patriotas, disuelto y abolido las
antiguas hermandades y federaciones, la
constitucion y libertad castellana acaso se
perpetuaria entre nosotros para siem-
pre.


Dícese que la .
sociedad se hallaba en-


tonces despedazada con la contínua y san-




grienta lucha de todos los elementos que
la componian : pero esta lucha, efecto del
amor á la libertad, no se encaminaba á
destruir la constitucion sino á consoli-
darla. Peleaban por la patria, por las le-
yes , y por la conservacion de los inte-
reses y derechos del ciudadano. ¿Y quién
nos podrá asegurar que en nuestros dias
no se levantarán semejantes tormentas ?
'Deben levantarse sí es que vivimos y vi-
ve la libertad. Es inevitable que choquen
y'se batan continuamente los elementos.
de una sociedad bien organizada. Los•
humores de los cuerpos robustos y sa-
nos no pueden permanecer en la inercia.
En todas las repúblicas y gobiernos li-
bres se han experimentado esas convul-
siones políticas. El reposo, la apatía , la:
insensibilidad no se hallan sino en aque-;
lías desgraciadas naciones que yacen en:
la esclavitud y en sombra de muerte.


La sabiduría politica consiste en re-
ducir á órden estas reacciones, en equi-
librar las fuerzas motrices , y sacar de
éllas un partido saludable á la socie-:
dad, batiendo que se conviertan en per-


- feccion del mundo moral , como los apa-


rentes desúrdenes y continuados choques
de lis elementos del inundo físico con-
tribuyen á la conservacion del bello &-
den de la naturaleza. He aquí los fru-
tos (le las federaciones y antiguas her-
mandades de Castilla. Y si bien el es-
tado actual de la civilizacion, y la sua-
vidad y dulzura de costumbres no per-
mite adoptar todos los remedios que hi-
zo necesarios la delicada situacion de los
siglos pasados , no puede haber inconve-
niente , antes sí mucho provecho en pro-
mover los generosos conatos de nuestras
federaciones partióticas ; cuyo influjo en
JA causa de nuestra libertad es tan no-
torio como hemos demostrado Por eso la
comision poco satisfecha de este género
<le pruebas, mudando de medio , trata
de fundar su dictámen en argumentos
legales.


Disposiciones legales
• de nuestros códigos vigen


"La comision ha meditado muy
tenidamente sobre tan delicada materia,
turnando en consideracion las disposi-


03 1.4O




58
ciones positivas de nuestras leyes no
derogadas aún; y • ansiosa de acertar en
su dictámen y de no desviarse un ápi-
ce de la ley , ha procurado registrar
escrupulosamente las que se hallan en
nuestros códigos vigentes." Empezando
pnr el de las siete Partidas citan los
seiíores diputados la ley X. títul. I.
part. II. pero desentendiéndose con es-
tudio de proponer el texto de élla y de
analizar sus expresiones , que manifies-
tan bien claramente la voluntad y men-
te del legislador, y en ninguna manera.
favorece , antes sí reprueba el dictá-
men de la comision. La ley no es sus-
ceptible de dudas , ni necesita de apos-
tillas ni comentarios. Dice así : "los ti-
ranas aman mas de facer su pro ma-
guer sea á daño de la tierra , que la
pro comunal de todos porque siempre
viven á mala sospecha de la perder.
Et porque éllos pudiesen complir su en-
tendimiento mas desembargadamente....
usaron de su poder siempre contra los
del pueblo en tres maneras de artería:
la primera es, que pulían que los del su
señorío sean siempre nescios et medro-


59


sos , porque cuando atales fuesen , no
osarían levantarse contra éllos nin con-
trastar sus voluntades: la segunda, que
hayan desamor entre sí de guisa que
non se fien unos dotros




La tercera
razon es .; que pilian de los facer po-
bres.... et sobre todo esto siempre pu-
ilaron los tiranos de astragar á los po-
derosos ct de matar á los




sabidores , et
vedaron siempre en sus tierras con-
fradías et ayzaztanzientos de los ornes:
é procuran todavía de saber lo que se
dice é se Pace en la tierra."
- ¿Qué responde la comision á este
texto legal tan brillante como sencillo?
Despues de haber manifestado un sin-.
cero y vivo deseo de acertar en su
dictámen- y de no desvicirSe• znz dpice
de la ley , toma una senda tortuosa s
cuyo término es un verdadero extravío
de la verdad y de la mente del legisla-
dos; y fundada en principios de una ló-
gica peculiar suya, se propone desacre-
ditar la ley con argumentos capciosos y
comentarios , bien agenos de la erudi-
cion de los que han entendido en exten-
der el presente dictámen. Basta referir




Go


sets expresiones para que el Congreso se
convenza que mas bien se ha tratado de
eludir la fuerza del argumento y de
obscurecerlo, que responder de un mo-
do satisfactorio.


Empezando , dice la comision , par
ol de las siete Partidas trató de anali-
zar la opiniou vertida en: este salon
mismo de que legitima semejantes aso-
ciaciones , aunque desde luego le pare-
cía una paradoja que un cuerpo de
yes que- prohíjil las falsas decretales en
menoscabo de nuestra antigua discipli-
na , que ensanchó los límites del pode-
río Real en los términos que expresa la
doce „ título primero , partida primera,
que canonizó los feudos y los tormentos;
autorizase las cofradías y asociaciones
sin la intervencion del Gobierno." Yo
no me detendré en hacer reflexiones so-,
bre los defectos del código de las Par-
tidas, ni si las imperfecciones y errores
de un cuerpo legal puedan servir de
argumento para no admitir en él algu-
nas buenas leyes ; solamente aseguro,
y no dejará de reconocerlo el' Congre-
so , que la respuesta de la comision es


6


una verdadera paradoja , Porque choca
directamente con las palabras de la ley:.
es propio de los tiranos vedar en sus
tierras cofradías y ayuntamientos , y
con sus mismas ideas, pues confiesa mas
adelante que la doctrina de esta ley "no
es aplicable á los imperios bien consti-,
tuidos como- el de don Alonso el Sábio,
en cuyos dias se permitieron los ayun-
tamientos, legítimos de todas clases , ni
le excedió Príncipe alguno coetáneo en
el celo para ciar impulso, y dispensar pro-
teccion á las luces que tanto aborrecen
los déspotas."


Poco satisfechos de esta respuesta in-
sisten en otra ni mas oportuna ni más
sólida : u la ley que se invoca ahora pa-
ra el sosten de las sociedades- patrióticas
literalmente tomada , no es mas que un
trozo , un retazo copiado de las obras
políticas de Aristóteles , en donde se da
la definicion del tirano usurpador de los
tronos." ¿ Pero esta ley, así como otras
muchas del código español , pierde su
fuerza? ¿deja de ser ley por haberse to-
mado de Aristóteles ó de Platon, del Di-
gesto ó del Código? ¿No se verifica esto




62


mismo en todos los cuerpos legislativos
de Europa ?


Añaden, contra el espíritu y contex-
to de la ley, que en ella solamente se da
la defin icion del tirano usurpador de
los tronos , y de consiguiente que no es
aplicable esta doctrina á los imperios
bien constituidos. Es cierto que la ley
distingue , así como todos los profesores
de derecho público distinguen dos clases
de tiranos , sin titulo 6 con título ; que
es lo mismo que decir, ó violentos usur-
padores del trono , ó que le .han adqui-
rido legalmente y por derecho. La ley
cle Partida comprende igualmente á los
tinos que á los &ros, y que tambien se
puede llamar tirano al Príncipe legíti-
mo: "mague y alguno hobiese ganado el
señorío del regno por alguna de las di-
chas razones que dijimos en la ley an-
te fiesta, si él usase mal de su poderío en
las Maneras que de suso dijimos en es-
ta ley."


Continúa la comision diciendo, "que
no es esta la primera vez que se ha abu-
sado del texto de ellas para apoyar actos
contrarios á su verdadero sentido, por lo


65
que se vid turbada la seguridad del Es-
tado. Los descontentos en tiempo de don
Juan II alegaban en favor de su levan-
tamiento la ley 25 , título 15 ,
da 2. 1 ; y el reyno hubo de pedir su de-
claracion ó derogacion en caso necesario,
como se hizo muy circunstanciadamente
por carta Real publicada en Olmedo á 15
de mayo de 1445."


Yo no puedo comprender en•qué sen-
tido 6 con qué objeto recuerda la comí-
sion esta ley de Partida , ley sábia, ley
benéfica, y acaso la mas liberal entre
las que se hallan consignadas en los có-
digos de Europa, ley digna de escul-
pirse con letras de oro en las portadas
de los palacios de los Príncipes , y de
perpetuarse en los fastos de la historia
de la libertad. Y si bien no puede apli-
carse directamente á nuestras socieda-
des patrióticas, todavía es cierto que de
alguna manera las autoriza y protege
sus operaciones: la ley produce accion po-
pular, y otorga al pueblo facultad de in-
teresarse y tomar parte en la observan-
cia de la justicia y de las leyes, con obli
gacion de no consentir , antes si traba-




64


ja r por todos los medios posibles que el.Rey no haga cosa alguna contra su ho-
nor ó contra el bien del rey-no. Dice así:
"la guarda que han de facer al Rey de
sí mismo es que non le dejen facer co-
sas á sabiendas porque pierda el alma,
nin que sea á. malestanza , et á deshonra
de su cuerpo , ó de su linage, ó á grant
daño de su regno. Et esta guarda ha de
ser fecha en dos maneras: primeramen-
te por consejo, mostrándole et diciendo-
le razones porque lo non deba facer ; et
la otra por obra , buscándole carreras
porque ge lo fagan aborresce r et dejar,
de guisa que non venga á acabamie n to, s
et aun embargando á aquellos que ge lo
aconsejasen á facer ; ca pues que ellos
saben que el yerro, ó la malestanza que
ficiese , peor le estarle que á. otro ome,
mucho les conviene quel guarden que lo
non faga. Et guardándole de sí mismo
desta guisa que dijimos , saberle .han
guardar el alma et el cuerpo, et mos-
trarse han por buenos , et por leales,
queriendo que su señor sea bueno et:
faga bien sus fechos. Onde aquellos que
¿testas Osas le pudiesen guardar, et non


65


lo quisiesen facer, dejándolo errar á sa-
biendas , et facer mal su facienda por-
que hobiese á caer en vergüenza de los
ornes , farien traicion conoscida." En
virtud ,de esta ley- podia y debia el pue-
blo desarrollar sus facultades por dos
dios : respecto del Rey con la persua-
sion , el consejo, y usando de todo los
recursos conciliables con el respeto y
decoro debido á la sagrada persona del
Soberano. Pero respecto de los conseje,
ros y agentes del gobierno, si aquellos
medios no alcanzasen, con la fuerza con
el enzbarp? , con la resistencia y aun
con las armas.


Es cierto que los malévolos abusa-
ron en diferentes ocasiones de esta ley
así como de otras muchas con sentimien-
to de los buenos , y en perjuicio de la
tranquilidad pdblica. Apoyados en élla
los Reyes Príncipes é Infantes de Ara-
gon y , de . Navarra, á quienes se agregaL
ron algunos nobles castellanos , forma
ron una- cOalicion contra don Juan II,
ti mas bien contra el condestable don Al-
varo


•dé Luna , de que se siguieron mil
desastres , calamidades y guerras intes-


5




66


tinas, que pusieron en gran conturbacion
la monarquía ; lo que (lid motivo á que
se pidiese, no por el reyno , como dicen
los señores diputados , sino por algunos
procuradores de las ciudades , declara-
cion de la ley ; la cual , dicen , aunque
sea muy santa , buena y ordenada con
recta intencion, por haber sido sinies-
tramente entendida é interpretada se han
seguido las presentes calamidades públi-
cas. El Rey la declaró con efecto en con-
formidad á lo que sobre la misma razon
disponian las leyes vigentes del reyno,
y no se trató de derogarla, como inch-
ea la comision , antes permaneció en to-
do -su vigor y fuerza hasta el año de
1520 , en que la santa hermandad de
Avila , en uso de aquella ley, escribia
respetuosamente al Rey don Cárlos Y di-
ciéndole "Muy soberano , invictísimo
Príncipe Rey , nuestro señor. Las leyes
destos nuestros reynos que por razon na-
tural fueron fechas y ordenadas, que así
obligan á los Príncipes como á sus súbdi-
tos, tratando del amor que los súbditos
han y deben tener á su Rey y señor na-
tural, entre otras cosas dicen y disponen,


b7


"que deben los súbditos guardar á su Rey
de sí mismo, que no haga cosa questé mal
á su ánima ni á su honra, ni daño y
malestanza de sus reynos. Lo cual man-
dan que hagan suplicando á su Rey, pri-
meramente sobre éllos , que no haga las
cosas sobredichas ni algunas déllas , y
cuando por suplicacion de lo susodicho
de los súbditos el Rey se apartare de
lo que dicho es, que le quiten y aparten
de cabe de sí sus consejeros por cuyo
consejo hicieron alguna de las cosas que
dichas son: por tal manera, quel Rey no
haga ni pueda hacer cosa alguna que
sea contra su ánima , é contra su honra,
é contra el bien público de sus rey-nos,
y que los súbditos y vasallos que así no
lo hicieren , porque darían á entender
que no amaban como debían á su Rey y
señor natural , caerían en caso de trai-
cien , y debían ansí como traidores ser
punidos y castigados."


Finalmente , la comision apela por
último recurso á las disposiciones de las
leyes recopiladas , que adoptando los
principios eternos del derecho social, de-
claran nulas y punibles todas y cuales-.




68


quiera asociaciones académicas , politi-
ces y civiles no autorizadas por el go-
bierno. (Pero , Señor , el que tuviese la
paciencia de leer las trece leyes del tí-'-
tulo XII , lib. XII de la Novísima Re-
copilacion , no encontrará una sola que
sea adaptable á nuestras sociedades pa--
tridticas. Lo que justamente prohiben es--
tas leyes son parcialidades , bandos, coa-
liciones revolucionarias , ayuntamientos'
sediciosos , conspiraciones , y como dice'
don Carlos III en la 5. a del tit. XI , re--
batos , asonadas, motines , griterías , tu-
multos ; en fin, las reuniones hechas, di-
ce la ley XII , por personas de malos
deseos y peores intenciones para hacer
mal á sus prógimos turbar la pública
tranquilidad y escandalizar los pueblos.
Así que el proyecto de ley propuesta
por la cornision está destituido de todo
fundamento ; y yo la considero no ne-
cesaria , antes sí inútil , perjudicial , in,
justa , anti-constituciona l y contraria á
los principios adoptados por los gobierl,
nos libres.


No es necesaria ; porque todo ciu-
dadano os responsable ante la ley de to-


69


das sus operaciones , hechos , dichos y
palabras : las leyes vigentes previenen'
todos los crímenes, delitos y contraven-
ciones de los 'miembros de la sociedad,
amenazándoles, con el rigor del castigo.
El magistrado público armado con la
fuerza de la ley debe aplicarla á los de-
lincuentes , y no dejar impunes ni aun
los abusos de la palabra y del lengua-
ge, sopena de responsabilidad. "El go-
bierno conoce , (lijo uno de los seiiores
secretarios del despacho en la sesion del
4 de setiembre, cuánto vale la preroga-
tiva de la libertad individual , la del
uso libre de la palabra , la, de comuni,
car el pensamiento; mas conoce tambien
que para que esta libertad no degenere
en licencia, debe haber una ley que se-
hale sus límites , y esta ley está en el
código constitucional."


Inútil; porque los prudentes legisla-
dores siempre han pensado -que no con-
viene por regla general hacer que inter-
venga el imperio de la ley ,sino cuan&Q
hay necesidad , y se espera de ello
bien del Estado. La buena política dicta
no multiplicar las leyes, porque su mul-




76-
titud las hace despreciables. ¿Cuál seria
el resultado , el fruto de este nuevo re-
glamento? El mismo que el de otros tan-
tos ordenamientos y providencias torna-
das caprichosamente en nuestros ante-
riores gobiernos sobre asuntos en que
no debia intervenir la ley. El mal echó
mas ondas raíces, la enfermedad se agra-
vó , los reglamentos fueron siempre elu-
didos , la experiencia hizo ver la debili-
dad é imperfeccion de los medios y los
inconvenientes de reducirlos á la prácti-
ca. Muchas veces es mejor disimular los
defectos , que sujetarlos á reglas ó cas-
tigarlos. Una ley tiránica no puede ser
respetada por un pueblo libre. Una ley
violenta perderá su fuerza entre hom-
bres que aprecian su dignidad. Si el cuer-
po legislativo no la deroga , le hará ca-
llar la fuerza de la opinion y de las cos-
tumbres.


Perjudicial; porque sacrifica mil ven-
tajas reales á algunos inconvenientes par-
ticulares, verdaderos ó imaginados; por-
que es de temer que produzca mas mal
que bien. Yo me persuado que llegaria
á entorpecer y paralizar los conatos y


7
esfuerzos del celo y patriotismo, cauti-
var los grandes ingenios con sus trabas
y lazos , embotar los resortes de los mo-
vimientos progresivos del espíritu huma-
no , eclipsar el astro que ya se había
elevado sobre nuestro horizonte para es-
clarecer la ignorante muchedumbre ; a-
pagar las luces de que tanto necesitamos
para acallar la calumniosa ignorancia;
en fin, introducir el desaliento, y acaso
en el pueblo sinsabores y disgustos, y lo
que 'sería peor , cierto género de descon-
fianza acerca de nuestra opinion.


Injusta ; porque disolver legalmente
las federaciones patrióticas no puede de-
jar de ser indecoroso á los individuos
de estas corporaciones. El decreto de su
abolicion es én cierta manera un casti-
go , y el castigo supone delito, y el de-
lito debe constar legalmente precediendo'
las formalidades judiciales : acusacion,
sumaria, informacion de causa, proceso
y sentencia de juez. Qué juicio se po=-
drá hacer de este procedimiento ?


Anti-constitucional; porque priva á
los patriotas de los placeres de una jus-
ta libertad y las satisfacciones que pro-




duce la comunicacion de. sus opiniones
y pensamientos : derecho que otorga la
Constitucion á los ciudadanos en todas,
las circunstancias y casos en que no pue-
den perjudicar ni ofender á la sociedad'
ni á sus individuos. Sin embargo, la co-.
mision hace los mayores esfuerzos para
probar con todas las sutilezas de una
lógica contenciosa que las palabras de
la ley y arta 5 7 e de la Constitucion,.
escribir , imprimir y publicar de ningu-
na manera se comprende la facultad y
uso libre de hablar. "¿Por ventura, di-
ce , podrá aplicarse á las, peroraciones
verbales la voz publicar sin-.que se vio-
lente de todo punto el genuino sentido
de las palabras?" Respondo copiando las
que estamparon los sciiores diputados
en su discurso con manifesta contradi-
cion. "El primer articulo es una ema-
nacion natural de la Constitucion mis-
ma. Entre las máximas del poder arbi-
trario se enumera la de mirar como un
desafuero, como un acto subversivo la
simple glosa de sus operaciones por es-
crito d de palabra. tu gobierno liberal
permite exáminar libremente la marcha


75
de todos sus procedimientos , sin mas lí-
mites que los de la decencia , la caridad.-
y el t;rden público." Pero desentendién1
dome de esta cuestion de voz, decidida
ya por el Congreso , preguntaré, ¿se ha
podido dudar jamas que los hombres ha-
yan necesitado de licencia para hablar?
¿ti que alguna nacion haya pensado en
algun tiempo formar una ley . para otor-
gar á los hombres el uso de la palabra?
La facultad de hablar es aún mas sa-
grada y conforme á las leyes ele la na-
turaleza que la ele escribir: arte que ig-
noraron los hombres por espacio ele mu-
chos siglos.


En fin, la ley proyectada es contra....
tia á los principios adoptados. por los go-
biernos libres , y choca con los elemen-
tos de una sabia legislacion. Los claros
-varones que promovieron esta nobilísi-.
ma ciencia se han convenido en asentar
como un principio cierto, que todo ciu-
dadano que vive en un .gobierno justo,
y bajo de una constitucion liberal, goza
del sagrado derecho de hacer todo aque-
llo que no es contrario á la ley , sin otro
recelo ni temor que el que es consiguien..




74


te al abuso de su libertad (I): dogma
político - creido por todos los pueblos
trados, y que no se han familiarizado
con la esclavitud : dogma sagrado , sin
el cual no puede existir ninguna socie-
dad sin vilipendio y degradacion de los
miembros del cuerpo social: justa re-
compensa de las privaciones y Sacrificios.
que hicieron los hombres al entrar en'
sociedad.


Pero es necesario prevenir los deli-
tos, y mas conveniente evitarlos que
castigarlos. Esto sería generalmente cier-
to cuando el remedio preventivo pro-
dujese un bien cierto, y no , multiplica-
se los males, y las medidas tomadas no
fuesen contrarias al propósito deseado.
Prohibir una muchedumbre de acciones
indiferentes, no es evitar los delitos si-•
no crear otros nuevos. ¿A qué nos vié-
ramos reducidos si .se hubiera de pro-
hibir todo aquello que puede inducir á
delito? Sería . iiecesario privar al hom-


(1) „ Libertad es poderío que ha todo heme na-
turalmientre de facer lo que quisiere, solo que
fuerza d derecho de ley d de fuero non ge lo em-
bargue." Ley I. tit. XXII. part. IV.


75
bre de sus sentidos, convertirle en autó-
mata hacerle insociable. El criminal
abuso del lenguage , la perfidia, la fal-
sedad, la injuria , la calumnia, es la
que debe solamente ser prohibida y cas-
tigada, porque ataca los derechos natu-
rales del hombre, el honor, la reputa-
cien y seguridad del ciudadano. Empe-
ro decir la verdad , divulgar los erro-
res del gobierno y los crímenes de sus
agentes , es uno de los- deberes esencia-
les de un patriota ilustrado.


Es necesario prevenir los delitos.
¡ Cuánto se ha abusado de esta máxima
política! ¿No fué ala la que en nues-
tros pasados gobiernos ha producido la
mas dura opresion de los ciudadanos?
¿la que dio nacimiento á esas incómo-
das visitas domiciliarias, á esa policía
inquisicional , á ese ominoso espiona-
ge, á esas pesquisas nocturnas, á tantos
satélites del despotismo , que rodeando
por todas partes al ciudadano , le tenían
en contínua tormenta y sobresalto aun
dentro del sagrado de su casa , privado
á las veces de las diversiones mas ino-
centes, y aun de los desahogos que la




naturaleza: permite á un corazon
mido y fatigado?


Señor r es necesario concluir estás;
investigaciones por no abusar de vues,
tra paciencia. Como diputado del Con-
greso y ministro del Santuario, (legra-
(laria uno y otro • ministerio „ y echaría
-tina mancha:.en mi opinion si dejase de,
hablar francamente ; ó.,me propusiere
ocultar la verdad en asunto, tan impor,-,.
taute. Y .a.unqne es• cierto .. quo nos ha-
llamos reunidos en uwedifiAio, de kra
clrid , 14nd res ni: o?1, astngion,
no lo es menos que el clamor de la ver-
dad remena;:boy en Madrid. tan desem-
Larazadamenie .. como en Wasington y,
Lóndres- .., y. : que nosotros ya hemos co-:
menzado á m a pclia r por la senda traza-,
da por una Constint don que protege la.
libertad, y .que es acasa,ta,n;
211.0 la de. los angloamericanos , y masa
que la de -la Gran Bretaiia. Digo pues,
que el proyecto de ley, segun la comi-
siou lo ha presentado en el Congreso, es


• un atentado contra la. libertad nacional
y choca con los principios de la Coas-
titticion.


77
era tivengO desde ltiego , y es ne-i


cesario ‘ eo. nfesiar que las sociedades pa-
trióticas no deben ni pueden usar de
fuerza coactiva, ni ejercer autoridad le-
gal, porque seguramente no pertenecen
á la clase de la magistratura , ni á lá
de agentes y funcionarios públicos . ni
á ninguna de las instituciones políticas
establecidas por la ley fundamental del
Estado. Son pues reuniones voluntarias,
de la misma naturaleza que las domés.L
ticas: reuniones dictadas por la amistad
y sostenidas por el patriotismo, sin mas
influjo ni poderío que el de la fuerza
moral , el crédito , la per'suasion , el
consejo, la vigilancia , la censura ; y sin
otras atribuciones que las 'que otorga
la ley á todo ciudadano Para promo-
ver los intereses de la sociedad. Por lo
mismo creo que todo género de asocia-
ciones , públicas y privadas , domés-
ticas y patrióticas , no deben sujetar-
se al reglamentos , ni á otros limites
que los prescriptos por la carta cons-
titucional , por las leyes vigentes y por
los principios de la moral pública : la
modestia, la decencia , la humanidad,




7 8
la subordinacion , y el órden social.


Algunos quisieran "que el Congre-
so para precaver ciertas consecuencias
desagradables dictase una regla general,
una ley que sin ofender á nadie, pres-
criba los límites que el pueblo baya
de guardar para reunirse , y los que
haya de tener la autoridad para no im-
pedir las reuniones." Mas yo preveo en
esto peligros y resultados funestos á la
libertad. En las circunstancias tan crí-
ticas que nos rodean, en un asunto tan
espinoso y complicado como el presen-
te, conviene proceder con gran circuns-
peccion y prudencia, pesar en justa ba-
lanza los bienes ó males consiguientes á
la publicacion de la ley, precaver que
no se amancille la libertad bajo pretex-
to de contener la licencia , no provocar
los clamores del pueblo celoso de sus
derechos, ni excitar contra nosotros la
censura pública. Así que por una con-
secuencia de los principios que dejamos
asentados , el cuerpo legislativo debe
permitir y aun proteger las sociedades
patrióticas, excitar su celo , promover
sus conatos y generosos esfuerzos, y no


79
pribar á la nacion de sus operaciones
benéficas, que tanto pueden contribuir
á consolidar el sistema co nstitucional y
la libertad de los ciudadanos. = Madrid
16 de octubre de 5820. = Francisco
Martinea Marina.


331BUCI3Rei.


"240.A-




80


Esta obrita y las siguientes se venden en Ma-
drid en la Librería de Sojo, calle de las Carretas.


Contrato social tí principios de Derecho político,
por J. J. Rousseau , traducido del francés al caste-
llano, un tomo en 12.°


Discurso sobre el origen de la monarquía y so-
bre la naturaleza del Gobierno español : por el ciu-
dadano D. Francisco Martinez Marina , canónigo de
la Iglesia de Lérida, individuo de número de las
Academias Española y de la Historia , y de las
Buenas letras de Barcelona , y Diputado en las ac-
tuales Cortes por el Principadú de Astúrias: un to-
rno en 8.°


Juicio crítico de la Novísima Recopilacion: por
el mismo señor Marina : un tomo en 4.°


Nueva traduccion al castellano del Manuscrito
remitido de la Isla de santa Elena por conducto
reservado , y pub l icado en Lóndres en 1817. Con-
tiene la vida politica de Naroleon Bonaparte, es-
crita por él mismo, y sale adornada con su retra-
to, grabado con esmero : un tomo en 8.° prolongado.


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nueva edición en cuatro tomos en 8.° prolongado,
que contienen las célebres Empresas políticas ti la
idea de un Príncipe político cristiano : la República
literaria, ilustrada con notas ; y un diálogo entre
'Mercurio y Luciano de las Locuras de Europa. Acom-
paña una noticia de la vida y escritos de Saavedra,


_y un elogio d sus obras, compuesto por el erudito




orto Mayans y Sisear ; y sale a
a A)




n buen retrato del aut. Us